Inversor minorista

Es el pequeño inversor; la normativa europea lo define por exclusión como el que no puede ser considerado inversor profesional, por la menor magnitud de los importes que invierte o por su menor experiencia y conocimientos de los mercados de valores. En consecuencia, la normativa le otorga niveles de protección superiores a los previstos para inversores profesionales. Ver INVERSOR PROFESIONAL.

Origen: CNMV

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