Cheque cruzado

Cheque en el que se trazan dos rayas paralelas y que solo puede ser pagado a un banco o a un cliente de este. Si se expresa el nombre de una entidad entre las dos líneas, solo se podrá hacer efectivo a través de dicha entidad. Si entre las dos líneas figura la expresión "y compañía" o "y cía.", podrá hacerse efectivo en cualquier entidad bancaria.

Origen: Banco de España

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