
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) sancionó este jueves con tres años a la atleta española Marta Domínguez tras encontrarle culpable de violación del reglamento antidopaje, retirándole los resultados conseguidos desde el 5 de agosto de 2009 al 8 de julio de 2013.
"El TAS ha encontrado a la atleta Marta Domínguez culpable de violación del reglamento antidopaje y le ha sancionado con tres años de suspensión tras las anormalidades en su Pasaporte Biológico", confirmó el tribunal en un comunicado.
De este modo, además de la sanción, que empieza a contar partir del pasado 24 de junio y a la que habrá que restarle los ocho meses que ya estuvo suspendida (del 8 de julio de 2013 al 19 de marzo de 2014), la palentina pierde el oro que consiguió en los Mundiales de Atletismo de Berlín de 2009 en los 3.000 metros obstáculos y la medalla de plata en la misma distancia en los Europeos de 2010 celebrados en Barcelona.
El caso se remonta a marzo de 2013, cuando la IAAF informó a la RFEA de que había "variaciones atípicas" en el Pasaporte Biológico de la fondista palentina, a la que invitó a explicar el por qué de estos parámetro. Estas explicaciones que ofreció Domínguez y la federación fueron analizadas por un panel de expertos que concluyó que las anormalidades detectadas demostraban en un alto nivel de probabilidad que la española había usado "una sustancia prohibida o un método prohibido".
La atleta fue sancionada provisionalmente por la IAAF en junio de 2013 y se arriesgaba a cuatro años de castigo, aunque la palentina decidió defenderse y en febrero del año pasado logró que la RFEA le absolviese y le levantara la suspensión, lo que provocó que tanto la Federación Internacional como la Agencia Mundial Antidopaje apelasen esta decisión ante el TAS, para dejarla sin efecto y proporcionando evidencias científicas para demostrar que estas anomalías eran por el quebranto del reglamento antidopaje y la consiguiente sanción de cuatro años.
Por su parte, Marta Domínguez argumentó que el tribunal con sede en Lausana no tenía "jurisdicción" para decir y discutió las pruebas presentadas por la IAAF y la AMA. En este sentido, el TAS desestimó el primer argumento en base al reglamento de la Federación Internacional.
"El panel de expertos comentó entonces a analizar los extensos argumentos puestos por las partes en relación a los valores de la atleta que se discutían. Al hacerlo, resolvió que ninguna de las explicaciones ofrecidas por la RFEA o Marta Domínguez eran suficientes para que el panel no estuviese razonablemente convencido por las pruebas científicas de que se había producido una violación antidopaje", afirmó el TAS en su nota.
De este modo, el tribunal dictaminó dejar sin valor la decisión de la Federación Española y hallar "culpable" a la atleta, añadiendo que "una periodo de suspensión de tres años era el apropiado" y procediendo a retirar sus resultados desde el 5 de agosto de 2009, fecha de la primera recogida de varias de sus muestras, hasta el 8 de julio de 2013, cuando comenzó su suspensión provisional por parte de la IAAF.
Marta Domínguez, que acaba de cumplir 40 años y que estuvo implicada anteriormente en la 'Operación Galgo' de 2010, de la que fue absuelta en 2012, lleva retirada de la elite desde hace tiempo, siendo su último gran participación a nivel internacional en los Juegos de Londres de 2012.
Desde entonces, además de pruebas populares de ruta, la palentina dedica su vida a la política y era senadora del Partido Popular en su provincia los últimos cuatro años. En este sentido, esta sanción llega horas después de que el PP decidiera sustituirla en la lista por Madrid al Congreso para las próximas elecciones generales.
Su nombre fue anunciado la semana pasada en el puesto 19, pero en las listas oficiales registradas el lunes y publicadas el miércoles por el BOE había sido sustituida por Beatriz Rodríguez-Salmones, aunque desde el partido explicaron que Domínguez había renunciado por motivos personales.
Anuncia que recurrirá
La defensa de Marta Domínguez recurrirá la sanción que el TAS ha impuesto a la atleta por anomalías en su pasaporte biológico y ha cuestionado que éste "siga sin permitir que se analice la validez científica" del mismo.
"No estamos de acuerdo, vamos a seguir peleando y recurriendo", confirmó el abogado de la palentina, José Rodríguez, quien dijo que los futuros recursos se pueden presentar ante el Tribunal Federal Suizo, el Tribunal de Derechos Humanos y la Unión Europea.
El letrado, que ha recibido este jueves el fallo del TAS, explicó que todavía "necesitan tiempo para analizar las 99 páginas del laudo del TAS, aunque hay aspectos que llaman la atención, como que sigan sin permitir que se analice la validez científica del pasaporte biológico".
"Se limitan a decir que es válido pero no dan razones. Es una cuestión que nos causa evidente indefensión que no se nos permita conocer los fundamentos científicos del pasaporte. Llama la atención que en algunos casos el hipotiroidismo afecta al pasaporte biológico y que a nosotros nos digan que no", añadió.
Rodríguez mostró también su rechazo al fallo del TAS porque "demuestra absoluto desprecio por las decisiones de los tribunales españoles que prohíben utilizar las pruebas". "A ellos no les afectan estas decisiones", añadió.
La defensa de Marta Domínguez ha negado la jurisdicción del TAS para juzgar este caso mientras no se resuelvan los recursos presentados ante la justicia ordinaria española, en la que han litigado para que los datos del pasaporte biológico, con los resultados de las analíticas sanguíneas de la fondista durante años, no sean utilizados porque eso violaría sus derechos fundamentales y particularmente del derecho a la intimidad.