Si la Administración reconoció a un jubilado una indemnización por haberle inducido a error con respecto a las consecuencias de su prejubilación, esta indemnización deberá sumarse a la pensión que reciba la viuda del afectado, una vez que éste haya fallecido. Lo reconoce esta sentencia de la Audiencia Nacional, con fecha de 23 de febrero, que estima la pretensión de la demandante y actúa contra la Administración, reconociendo el crédito de la viuda.