Contencioso administrativo

La mera discordancia sobre la prueba practicada no es motivo de apelación

Es necesario acreditar una equivocación clara y evidente en el juicio valorativo del órgano jurisdiccional para acoger este motivo de apelación, sin que sea suficiente una mera discordancia del juicio valorativo de la prueba practicada determinante de la decisión recurrida, según sentencia de la AN, de 24 de noviembre de 2010.

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