
Madrid, 14 feb (EFE).- El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Madrid ha celebrado la iniciativa de crear un Registro de Agentes Inmobiliarios en la Comunidad de Madrid, aunque han reclamado que en el futuro su inscripción sea obligatoria, como en otras regiones, y no voluntaria, como prevé el Gobierno regional.
Ayer el Consejo de Gobierno aprobó el decreto de creación de este registro, de inscripción voluntaria y con una vigencia de cinco años renovables, que nace con el objetivo de defender y proteger los derechos de los consumidores que contratan a los agentes inmobiliarios, y de favorecer la calidad y las garantías del servicio que prestan.
El COAPI de Madrid, a través de un comunicado, ha dicho valorar "positivamente" este nuevo organismo, pero entiende que se debería "dar un paso más para que, en el futuro, tuviera carácter obligatorio, como ya sucede en otras autonomías".
El Colegio Oficial de Agentes Inmobiliarios recalca que lleva "más de dos años" trabajando en esta iniciativa con el fin de ganar en seguridad jurídica, transparencia y garantías en el sector inmobiliario.
De esta forma, los consumidores podrán localizar a los profesionales del sector que estén inscritos, facilitando que tengan un conocimiento real del agente o agencia a la que acuden para contratar un servicio.
"Ahora bien, el COAPI de Madrid entiende que en adelante debería darse un paso más para que, en el futuro, tuviera carácter obligatorio, pues es la forma de hacer más efectiva la transparencia, aspecto en el que seguirá trabajando el Colegio", añade.
Según el decreto aprobado ayer por el Consejo, para inscribirse en el registro se exigirá tener un establecimiento de este tipo abierto al público en la Comunidad o bien prestar este servicio por vía electrónica o telemática, y acreditar la capacitación profesional para desarrollar esta actividad.
Se entenderá que el agente inmobiliario tiene esta capacitación profesional cuando cumpla alguno de estos tres supuestos: tener un título universitario de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura, haber completado una formación no universitaria de al menos 200 horas lectivas en materia inmobiliaria o acreditar experiencia como agente inmobiliario durante al menos los cuatro años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
Además, la Comunidad exigirá para inscribirse distintos requisitos de solvencia, como tener una garantía por importe mínimo de 60.000 euros por establecimiento abierto al público y año de cobertura, y un seguro de responsabilidad civil profesional vigente con un capital mínimo asegurado de 100.000 euros por siniestro y 600.000 euros por año.
La inscripción, voluntaria, tendrá una vigencia de cinco años renovables por periodos de igual duración, y podrá ser cancelada en caso de que se constate la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en la información facilitada para figurar en el mismo.
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