Existe incumplimiento cuando una agencia de seguros no sigue las instrucciones de la aseguradora, dejando a un lado lo pactado en el contrato de agencia firmado con ésta y negándose a cumplir tanto lo estipulado en sus cláusulas como lo dicho en la Ley. Ello se agrava por el hecho de que la agencia siga pactando contratos en nombre de la aseguradora, pese a haberse producido una auténtica revocación expresa de su mandato. En caso de no estar conforme con lo estipulado, debe cumplirse en todo caso para reclamar judicialmente después.