El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Nacional que haga una nueva sentencia sobre un caso de falsificación de moneda por haber omitido "claramente" los "porqués" de la condena y no dar las razones jurídicas que llevaron a unas intervenciones telefónicas en las que se basó la condena.
El Supremo ha anulado una sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional del 25 de noviembre de 2008 que condenó a dos acusados de un delito de tenencia de útiles para la falsificación de moneda a 8 años de prisión y a un año y nueve meses por otro delito continuado de falsificación de documento oficial y ha admitido los recursos presentados por ambos.
El alto tribunal considera que el enjuiciamiento, como manifestación de un Poder del Estado, "es una actividad razonada y razonable, y ello hace de la motivación la enseña de la actividad jurisdiccional y de todo juez, un razonador, explicando los 'porqués' de la decisión que adopta", todo lo cual, dice, ha sido "claramente omitido" en esa sentencia.