Castilla y León

El TS anula la operación urbanística que permitió construir un centro de Ikea

José Manuel Méndez, alcalde de Arroyo en la inauguración

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de Ikea, del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda y la Junta de Castilla y León contra la sentencia que anuló la operación urbanística que permitió la construcción del Centro Río Shoping, promovido por la internacional sueca en la localidad vallisoletana.

El Supremo da así la razón a la Asociación de Comerciantes de Valladolid Avadeco, que impugnó la modificación del Plan General de Ordenación Urbana en Arroyo al considerar que vulneraba la legalidad. La sentencia, que fue votada el paasado 29 de noviembre, condena en costas a los tres recurrentes.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia declaraba como nula de pleno derecho «la Orden de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León de 16 de abril de 2009 y el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid de fecha 28 de octubre de 2008» por las que se aprobó la modificación puntual del PGOU en sus sectores 6 y 15 y que permitió la permuta de parcelas entre el Ayuntamiento y la familia propietaria,que posteriormente vendió esos solares a Ikea.

La resolución judicial resaltaba que la modificación urbanística infringía el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Equipamiento Comercial de Castilla y León ya que no preveía una dotación de aparcamientos mínima, exclusivamente para estacionamiento público del establecimiento comercial y ubicada en un suelo de uso público cuyo dominio o posesión pertenezca al solicitante de la licencia comercial, ya que la parcela EQ-2 es un sistema general de titularidad municipal, por lo que el solicitante de la licencia comercial no tiene el dominio ni la posesión de ese suelo».

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