Castilla y León

El Estatuto del Consumidor castigará los abusos en materia de vivienda y servicios bancarios

El futuro Estatuto del Consumidor de Castilla y León prevé sanciones de hasta 600.000 euros por las infracciones más graves, según recoge el anteproyecto de ley que lo regula. El texto, que ha salido a información pública hace unos días y sustituirá a la Ley vigente de 1998, introduce importantes novedades en la protección de los consumidores.

En este sentido, el texto amplía los mecanismos de control a la compra de vivienda y servicios bancarios. En el primer caso, obliga al cumplimiento de la legislación vigente sobre garantías exigidas a los agentes de la edificación para asegurar sus responsabilidades y en especial, habrán de atenderse al cumplimento de la normativa reguladora del afianzamiento o garantía de las cantidades entregadas a cuenta en la adquisición de viviendas durante su proceso constructivo, así como a la entrega del "Libro del Edificio" en los términos que establece la legislación sectorial.

También establece que las entidades bancarias deberán atenerse al estricto cumplimiento de la normativa reguladora de la contratación de préstamos y créditos hipotecarios, la prestación de servicios de intermediación, y la contratación a distancia de servicios financieros, evitando las cláusulas abusivas.

En el capítulo sancionador, junto a las multas pecuniarias, el Estatuto prevé también que en los casos más graves se podrá acordar el cierre temporal de la empresa, establecimiento o industria responsable por un periodo de hasta cinco años.

También, por razones de ejemplaridad y siempre que concurra alguna de las circunstancias de riesgo para la salud, seguridad o intereses económicos de los consumidores, reincidencia en infracciones análogas o acreditada intencionalidad, el órgano competente podrá acordar la publicidad de las sanciones impuestas, que se hará efectiva cuando éstas hayan adquirido firmeza, mediante la inclusión en el Boletín Oficial y en los medios de comunicación social, de los nombres, apellidos, denominación o razón social de las personas naturales o jurídicas responsables y la índole o naturaleza de las infracciones cometidas. Los gastos ocasionados por la publicación serán de cuenta del infractor.

En materia de nueva regulación la norma elaborada por la Dirección General de Comercio y Consumo, a cuyo frente está Rsoa Méndez, introduce como novedad mecanismos de control en la contratación electrónica y los suministros básicos; e introduce el régimen del "incumplimiento por omisión" en la publicidad.

A este respecto, el anteproyecto de ley establece que el contenido en la oferta, promoción o publicidad, las condiciones económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado.

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