
Madrid, 30 oct (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha apuntado la posibilidad de que un maletín y varias cajas con documentos incautados en el domicilio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato el pasado abril queden finalmente excluídos de la causa en la que se le investiga por fraude y blanqueo.
Así lo señala el tribunal madrileño en un auto en el que rechaza el intento de Anticorrupción para que esos documentos, que habían sido excluídos por el instructor por no constar en el acta de registro levantada por la secretaria judicial, quedaran incorporados haciéndoselos mostrar a Rato durante su declaración como imputado para que reconociese o no si eran suyos.
El instructor, Antonio Serrano-Arnal, decidió expulsarlos porque no figuraban en el acta del registro levantada el día de la detención del expresidente de Bankia el pasado 16 de abril.
Tras ello, Anticorrupción intentó que se trasladaran al Juzgado para preguntar por ellos al exministro cuando compareció por primera vez el pasado verano ante el juez, pero éste se negó, precisamente y entre otros motivos, porque la Audiencia Provincial tiene que decidir aún sobre el asunto.
Sin pronunciarse sobre si los documentos quedarán definitivamente fuera del caso, porque ello corresponderá a cuando resuelva los recursos contra la expulsión decretada por Serrano-Arnal, el tribunal madrileño sí que alaba que decidiera no mostrárselos a Rato porque fue una medida "escrupulosamente respetuosa" con sus derechos como imputado.
De esta forma, los magistrados explican que los registros deben hacerse con una "minuciosidad" que "obliga al secretario a foliar, sellar y rubricar los libros y papeles que se recojan", aunque ello "puede verse minorado cuando se hace acopio de un gran volumen de documentación".
"Ahora bien: si no constan ni siquiera identificados concretamente en el acta de diligencia que extiende la secretaria judicial determinados efectos o documentos, razones superiores a la mera prudencia, que se basan en el necesario respeto a los derechos del imputado en el seno del proceso penal, conducen a no tenerlos por intervenidos", subrayan.
El tribunal afea a la Fiscalía que intentara incorporar el maletín de Rato y otras cajas intervenidas para, en el caso de que los reconociera, "salvar lo que tal vez en la diligencia de registro fue tan solo una involuntaria omisión".
A ello se une que "el señor Rato no podría ser nunca obligado a pronunciarse siquiera sobre el conocimiento de los papeles y el maletín", por lo que en todo caso la solicitud de Anticorrupción era "inútil", pues siempre se podía acoger a su derecho a no declarar, como ocurrió en su primera comparecencia.
Por todo ello, considera que la decisión de Serrano-Arnal debe mantenerse mientras la Audiencia no desautorice su decisión cuando tenga que decidir definitivamente sobre su expulsión.
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