Columnista de Ecoley
josé maría salcedo

Muchos son los contribuyentes obligados a recibir las notificaciones que la Agencia Tributaria les quiera realizar, a través de una Dirección Electrónica Habilitada (DEH). Es lo que se conoce como sistema NEO (notificaciones electrónicas obligatorias), muy útil para la Administración, ya que la notificación se entiende realizada una vez transcurridos diez días desde su puesta a disposición en el buzón electrónico del contribuyente, haya éste tenido o no conocimiento de la misma. Pero, ¿qué pasa en caso de avería informática que impida acceder al buzón electrónico? ¿Cómo debe actuar el contribuyente en estos casos?

jose maría salcedo

Muchos contribuyentes, con un volumen importante de ingresos, deciden constituir una sociedad para organizar su actividad a través de ella, percibiendo una remuneración por su trabajo en la entidad. Hacienda lleva tiempo comprobando esta forma de organizar una actividad, y parece que ha encontrado la tecla -con la aquiescencia del Teac- para hacer como si la sociedad no existiera, e imputar toda la carga fiscal al socio de la entidad.

josé maría salcedo

El procedimiento de comprobación limitada es uno de los más usados por la Agencia Tributaria para regularizar la situación tributaria de muchos contribuyentes. La Ley General Tributaria y sus normas de desarrollo prevén que este puede iniciarse mediante una comunicación de inicio, o directamente notificando la propuesta de liquidación. Una reciente resolución del Tear de Galicia sin embargo, considera que la Aeat no tiene libertad para iniciar el procedimiento de una forma u otra, sino que tiene que sujetarse a la estricta legalidad. De lo contrario, la liquidación puede ser anulada.

José María Salcedo

La sentencia de 3 de septiembre de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró que algunos preceptos de nuestra Ley 29/1987, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, eran contrarios a la normativa comunitaria básicamente, por dar un trato peor en dicho impuesto a las herencias y donaciones en que intervenían no residentes. El Estado español se apresuró a aprobar la Ley 26/2014 para adaptar la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones a la normativa comunitaria. Sin embargo, ¿es lícito aplicar dicha nueva normativa a las sucesiones o donaciones realizadas con anterioridad a su entrada en vigor?

josé maría salcedo

En los últimos años, se ha incrementado el número de contribuyentes que renuncia a la herencia, por no poder hacer frente a las deudas del causante, o por el alto coste fiscal que supone heredar los bienes que le corresponden. Pero, ¿cuándo debe realizarse esta renuncia a la herencia, para que sea válida frente a Hacienda?

josé María salcedo

El pasado 12 de octubre entró en vigor la importante Ley 34/2015 de modificación parcial de la Ley 58/2003 General Tributaria. De entre todas las modificaciones introducidas, y de las que mucho se ha hablado, ha habido una que se ha colado de puntillas, casi desapercibida, pero que tiene mucha importancia para todos los contribuyentes, y en especial para los que tienen la sana costumbre de recurrir las liquidaciones y sanciones que les impone la Administración Tributaria. Tras la modificación operada, bien puede decirse que los Tear que conocimos, ya no volverán a ser como antes.

José María salcedo

Según la normativa de IRPF, los contribuyentes que venden su vivienda habitual, pueden beneficiarse de la exención de la ganancia patrimonial obtenida, siempre que reinviertan la misma en la compra de una nueva vivienda habitual. El plazo para realizar dicha reinversión comprende el período existente entre los dos años anteriores a la venta de la primera vivienda hasta dos años después de dicha venta. Hacienda viene persiguiendo a los contribuyentes que se han aplicado esta exención, basándose en curiosas -y añadiremos forzadas-, interpretaciones de la norma tributaria. Afortunadamente, los Tribunales han puesto coto a este tipo de comprobaciones.

José María Salcedo

La normativa del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) prevé la compensación de los gastos que comporta el sostenimiento y manutención de los hijos. Y ello, tanto en el caso de que los progenitores convivan juntos y hagan frente de forma conjunta a dichos gastos, como si no lo hacen. Pero, ¿a qué deducciones tienen derecho los padres en cada caso? ¿Cómo integrar, además, la sentencia del Tribunal Constitucional de 15 de febrero de 2012, que consideró inconstitucional el requisito de convivencia a la hora de permitir a los contribuyentes aplicar en su declaración el mínimo por descendientes?

José María salcedo

Toda inspección que se precie y en la que el contribuyente adopte una actitud mínimamente combativa, suele concluir con un sinfín de dilaciones que la Inspección imputa al sujeto inspeccionado, y en las que básicamente, le culpa del retraso con el que se ha tramitado el procedimiento.

José María Salcedo

Tanto la Ley General Tributaria como la normativa reguladora de los impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y de Sucesiones y Donaciones prevén la posibilidad de solicitar la tasación pericial contradictoria, como medio de suspensión del ingreso de las liquidaciones que se dicten en el marco de una comprobación de valores. Pero, ¿puede solicitarse la referida tasación pericial en cualquier comprobación de valores?