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El Cermi avisa de que la sentencia del Supremo sobre el copago "obliga a replantear" la regulación

Sede del Tribunal Supremo | Foto de Servimedia | Foto: Servimedia

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) considera que la sentencia del Tribunal Supremo que considera el copago como una tasa fiscal "obliga a replantear toda la regulación de la participación en el coste del usuario de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia" para adecuarla a la jurisprudencia.

Según el Cermi, en esta decisión la Sala de lo Contencioso-Administrativo "determina que la naturaleza jurídica de la exacción exigible bajo la forma de copago, en el ámbito de las prestaciones de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, es la de tasa y no la de precio público, por lo tanto, se trata de un tributo, con todas las consecuencias que esto tiene según el ordenamiento fiscal".

"Que el copago en dependencia tenga la consideración de tasa -un tipo de tributo- lleva consigo que deba crearse por norma de rango legal", argumenta, de acuerdo con la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, que en su artículo 10 dispone que el "el establecimiento de las tasas, así como la regulación de los elementos esenciales de cada una de ellas, deberá realizarse con arreglo a Ley".

Subraya que en la actualidad la naturaleza jurídica del copago en dependencia no está definida, ni por el Estado ni por las comunidades autónomas, "siendo regulada a veces como precio público -algo que el Tribunal Supremo contradice con esta sentencia que fija jurisprudencia- o permaneciendo en un limbo jurídico de ambigüedad y confusión respecto de su carácter".

Dado que esta sentencia del Supremo se ha dictado en un momento en que se está promoviendo por el Gobierno un anteproyecto de reforma de la Ley 39/2006, el Cermi espera "que se recoja en el texto final que se remita a las Cortes las consideraciones de la sentencia sobre la verdadera naturaleza jurídica del copago como tasa, dentro de un replanteamiento global de esta participación en el coste por parte del usuario, que aclare su régimen legal y evite el carácter confiscatorio que está teniendo en la mayoría de situaciones".

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