A debate

La defensora del Pueblo pide más regulación en las subastas

La defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, señaló ayer la necesidad de modificar el Reglamento Hipotecario para que la adjudicación al acreedor en subasta de un inmueble hipotecado como consecuencia de una ejecución, no se realice nunca por un precio inferior al 60 por ciento del valor de tasación. Algo que, explicó, ya ha solicitado al Ministerio de Justicia.

Actualmente, el artículo 236 del Reglamento permite la adjudicación del valor de tasación sin sujeción al tipo en la tercera subasta en ejecuciones extraprocesales. Algo, que "es de una gravedad tremenda", según la defensora.

Para ella, sería necesario extender el límite mínimo previsto por el Real Decreto Ley 8/2011, también a ejecuciones extraprocesales, "sin que sea suficiente el compromiso recientemente adquirido por los notarios". Se refería a la circular del Consejo General del Notariado de no autorizar más ejecuciones hipotecarias por sistemas extrajudiciales que no fijen en la tercera subasta un tipo mínimo del 60 por ciento del valor de tasación de la vivienda habitual, con el objetivo de garantizar a los ciudadanos los mismos derechos que en los procesos de ejecución judicial.

Durante su intervención en la jornada Alternativas al desahucio de los deudores hipotecarios, pidió, además, que los notarios "mejoren sus deberes de información" a la hora de asesorar sobre un crédito hipotecario, ya que, dijo, "no vale que se limiten a leer la escritura".

Proteger la vivienda

Indicó, por otro lado, que "el derecho a la vivienda obliga a todos los poderes públicos a la hora de interpretar las normas en procesos de ejecución hipotecaria". Y advirtió de la "peligrosísima espiral de precariedades y exclusión social" de las personas desahuciadas. Por ello, aprovechó para reivindicar un "proceso específico de la insolvencia de los particulares", no solventado en la Ley Concursal.

Y añadió que "tanto la vivienda como el local de negocio deben tener una protección especial porque su pérdida multiplica el riesgo de pobreza y lastra el conjunto de la sociedad a la que obliga a replantear su sistema de prestaciones".

Por su parte, Fernández Seijó, magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, criticó un proceso judicial hipotecario que "se blinda a las causas legalmente establecidas". Causas, continuó, "tan tasadas que los procesos se realizan con el lanzamiento ya ejecutado".

En este sentido, recordó el debate, actualmente pendiente de resolución por la Justicia europea, sobre si nuestro proceso judicial hipotecario "puede ser contrario a las normas de tutela del consumidor según la normativa europea" y se preguntó si los consumidores que adquieren viviendas están suficientemente tutelados por el ordenamiento jurídico y si es razonable que se pueda atacar un préstamo hipotecario cuando el deudor ha sido lanzado.

También intervino en la jornada el catedrático de Derecho Civil Sergio Nasarre, que explicó que la dación en pago no existe en ningún país europeo, y en los 11 Estados de EEUU donde tienen lugar alternativas similares no están teniendo buenos resultados. Así, indicó que han aumentado en un 32 por ciento los impagos, los préstamos son más caros, y las entidades bancarias compensan las pérdidas que tienen en estos territorios con créditos más caros en otros Estados.

Y añadió que "si la dación se generaliza muchas familias van a quedar fuera del mercado de la vivienda en propiedad". Por último, en la línea de la defensora, pidió una mayor implicación del notariado, "que explique las implicaciones legales y económicas del préstamo."

Finalmente, Rodríguez Pellitero, vicesecretario de la Asociación Española de Banca, señaló que, frente a soluciones normativas "radicales" como algunas de las contenidas en el Real Decreto 6/2012 -que contempla la dación para algunos supuestos -, existen otras como las fórmulas de mediación. En su opinión, hacer un juicio de cada caso concreto "es mejor que decisiones apriorísticas que desplacen la capacidad de decisión de las partes".

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