
La Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) analiza en una reciente resolución un caso sobre la posibilidad de inscribir una sociedad cuyo objeto social es "la promoción, creación y participación en empresas y sociedades industriales, comerciales, inmobiliarias, de servicios y de cualquier otro tipo".
Aunque el registrador negó en un primer momento la legalidad de tal objeto social, la Dirección corrige ese criterio y asegura que "este Centro Directivo entendió, en Resolución de 1 de diciembre de 1982, que únicamente habrá indeterminación cuando se utilice una fórmula omnicomprensiva de toda posible actividad comercial o industrial en donde se empleen unos términos generales, pero no existirá esta indeterminación si a través de términos concretos y definidos se señala una actividad de carácter general, cuyo objeto era muy similar al presente, se añadía que no cabe entender como fórmula omnicomprensiva e indeterminada aquella que tiene por objeto la promoción y desarrollo de empresas de todo tipo y no puede entenderse incluidas en las fórmulas de tipo indeterminado que no ha autorizado su inscripción en el Registro este Centro Directivo."
Por ello, la Dirección acaba respondiendo que "el recurso debe prosperar" y que no puede afirmarse que la cláusula debatida implique una extensión indirecta del objeto social a actividades no previstas en éste, pues de la previsión "de promoción, creación y participación en empresas y sociedades industriales, comerciales, inmobiliarias, de servicios y de cualquier otro tipo" no puede inferirse sin más que mediante esta actividad se pretenda desvirtuar el contenido del resto de actividades que constituyen el objeto social. (DGRN, 11-11-2013)