
La directiva europea relativa a los mercados de instrumentos financieros conocida como Mifid II entra en vigor este miércoles, 3 de enero, si bien su trasposición a la legislación española no se ha completado aún. Este marco normativo, introducido en mayo de 2014, tiene el objetivo de garantizar la transparencia en los mercados e incrementar la protección de los inversores en productos financieros, principalmente de los minoristas. Pero en la práctica ¿qué supone?
In extremis. Así es como ha llegado el Gobierno a la Directiva europea que ha supuesto una gran revolución para las entidades y los mercados financieros, aunque eso no implica que España llegue con todos los deberes hechos.
En concreto, lo que aprobó el Gobierno fue un Real Decreto Ley para transponer la Directiva que aplica a los sistemas de negociación y asuntos relacionados con el funcionamiento que tendrán los mercados a partir de hoy, así como establecer los regímenes sancionadores que se aplicarán en torno a las nuevas obligaciones en mercado y a los asuntos que se incluyen en el Reglamento MiFir, que no requiere de transposición alguna al tratarse de un reglamento y no de una Directiva.
La urgencia de aprobar este Decreto fue, según han explicado fuentes del Ministerio de Economía, "para evitar que el mercado español quede en desventaja con respecto a sus homólogos europeos." Y es que la no transposición podría derivar en el riesgo de que los intermediarios financieros dejaran de negociar títulos españoles en los mercados nacionales para hacerlo en otros en los que sí estuviera transpuesta la Directiva, lo que perjudicaría especialmente a BME.
Cuáles son los puntos de la nueva normativa
Entre las nuevas normas que todas las empresas de servicios financieros tendrán que cumplir a partir de hoy se encuentran los nuevos requisitos de funcionamiento y regulación que aplican a las bolsas de valores que buscan mejorar la transparencia y la liquidez del mercado, así como la obligación de comunicar todas las operaciones algorítmicas o las realizadas con derivados, entre otros asuntos.
Además, también se incluye en el Real Decreto la regulación de los sistemas multilaterales de negociación como, por ejemplo, el MAB y el MARF, creación de la figura de "mercados de pymes en expansión" y modificaciones importantes en los sistemas organizados de contratación que incluyen titulizaciones, derivados y, sobre todo, renta fija.
De hecho, a juicio de Javier Domínguez, socio de Auriga, dotar de transparencia a la renta fija es uno de los grandes impactos de Mifid II y explica por qué: "Siempre ha sido un mercado OTC en el que los precios se fijaban individualmente por teléfono y lo que busca Mifid II es que se dé el mismo precio a todos los que operen así como mejorar la transparencia ya que habrá que comunicar el precio de cada operación con dos días de decalaje como máximo".
Además, el Real Decreto también establece los nuevos regímenes sancionadores para toda la operativa nueva que se haga ahora en mercado y eleva mucho la multa por infracciones graves: de 600.000 euros a 5 millones de euros como límite.
Sin embargo, aún habrá que esperar para ver toda la Directiva Mifid II transpuesta en España, lo que deja en entredicho cuándo se aprobarán las otras dos patas que penden de Mifid II: la de protección del inversor y la de servicios de modelo financiero que incluye todo el tema de incentivos, gobernanaza de producto y también del análisis. Algo que desde Economía confían que llegue "en el primer trimestre de 2018" con la aprobación de un Proyecto Ley, que luego tenga su correspondiente desarrollo parlamentario.