El sorteo de la Lotería de Navidad despierta las ilusiones de todos los participantes. Todos sueñan con ser el afortunado y ser premiado con el 'Gordo'. Pero, ¿saben cómo cobrarlo si les toca?¿saben qué hacer si perdemos el billete ganador?
Las estadísticas indican que la probabilidad de ganar el premio 'Gordo' es muy baja. Pero aun así todos los participantes sueñan con ser los afortunados, y más en tiempos de crisis.
En caso de ganar el 'Gordo', para cobrar el premio habría que tener en cuenta lo siguiente:
El pago del premio es efectivo a partir del día siguiente al Sorteo de la Lotería de Navidad, incluidos todos aquellos premios superiores a 3.000. Cabe destacar este dato porque este es el primer año que los 'grandes premios' pueden recogerse justo después y no nueve días más tarde. Por tanto desde el día 23 de diciembre hasta 3 meses después que es cuando caducan los boletos, se puede canjear el billete por el dinero.
Si la cantidad es inferior a los 3.000 euros el ganador puede ir a cualquier punto de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado. Pero si la cantidad es superior hay que ir a cualquier sucursal de las entidades financieras encargadas de para hacer los pagos, es decir, Banco Santander, La Caixa y las 24 cajas de ahorro especificadas en el sorteo. En ambos casos con presentar el billete ganador es suficiente.
Es importante saber que estas entidades no pueden cobrar ninguna comisión y están obligadas a emitir el pago en su totalidad sin ninguna comisión.
Billetes perdidos, destrozados o compartidos
Si el billete de lotería es compartido lo adecuado es fotocopiarlo y firmar la copia ambos participantes. Eso o firmar el boleto original por el reverso. Cualquiera de estas dos opciones es válida para demostrar en juicio ser un poseedor de la participación.
Por otra parte si se diese la situación de estropear el décimo hasta que quede irreconocible, la Casa de la Moneda dispone que para reconocer las participaciones hay más sistemas. El número se repite a lo largo de todo el boleto por lo que siempre se puede identificar. Aunque, por contrapartida, a través de este sistema el pago puede demorarse por un tiempo ya que no sigue el trámite habitual, es a través de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
En caso de pérdida del billete el reglamento de Loterías y Apuestas del Estado recoge que para el cobro de los premios es imprescindible presentar el décimo, aunque esto no siempre se ha aplicado de forma literal ya que existen sentencias que han permitido el cobro de premios sin que los billetes premiados se hayan presentado físicamente a la Administración. Esto es así porque se ha podido acreditar su compra.
Aún así, si se pierde el billete es recomendable publicar una nota de prensa anunciando la pérdida, lo que ya puede suponer una prueba que confirme la propiedad del boleto.