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La chapuza del impuesto a las pérdidas

  • "Una cosa es cerrar agujeros, y otra es recaudar a cualquier precio"
Foto: Archivo

H ace un mes el Gobierno del PP, con el apoyo entusiasta e imprescindible del PSOE, aprobó el impuesto a las pérdidas, la medida estrella del Decreto Ley de Medidas Fiscales. Esta norma establece "la reversión" de las deducciones practicadas en virtud del derogado artículo 12.3 de la Ley del Impuesto de sociedades. Traduciendo: cuando una empresa invertía en cartera, es decir en acciones de otra, esta segunda empresa podía tener pérdidas. Si esto ocurría, primero las normas contables permitían a la empresa inversora deducir la pérdida.

A partir de 2008, aunque las normas contables ya no lo admitían, el PSOE aprobó en la Ley 16/2007 un ajuste puramente fiscal que permitía deducirse estas pérdidas en las inversiones. Si posteriormente, la empresa participada ganaba dinero, las pérdidas que la empresa que había invertido debían revertir, es decir se debían incluir como si fuesen beneficios en la base imponible del impuesto. En cualquier caso, cuando la empresa inversora vendiese, si había perdido se podía deducir la pérdida. En el régimen original, si la inversión se había hecho en el exterior, las pérdidas eran deducibles pero las ganancias, así como los dividendos, estaban exentas.

Evidentemente, un sistema como éste le costaba muchísimo dinero a las Arcas Públicas y sólo en su último año, 2012, más de cinco mil sociedades (5.121 sociedades para ser preciso) redujeron su base imponible en casi 38.000 millones de euros, 37.848.263.005 euros para ser exacto. Por consiguiente estamos hablando de una deducción de una enorme importancia, también recaudatoria en el impuesto.

Pues bien, esta deducción se eliminó en 2013 sin que hubiese grandes protestas. A partir de entonces, si se quería deducir la pérdida, había que esperar a vender. El pasado mes de diciembre, lo que hicieron PP y PSOE es exigir el importe deducido en cinco cómodos plazos. Esto ha tenido una entrada en vigor inmediata, es decir se ha considerado vigente para el ejercicio 2016. Por esa razón, las empresas deberán ingresar el importe correspondiente a la quinta parte de sus pérdidas en la declaración del impuesto, que habitualmente se presenta en julio de 2017.

La otra modificación es que las pérdidas en las inversiones de cartera, en comprar acciones de otra empresa, ya no son deducibles. Sin embargo, esta nueva modificación ha entrado en vigor el 1 de enero de 2017. Esto significaba que si una empresa vendía acciones, perdiendo, en diciembre, se podía deducir la pérdida, y eso significaba que no tenía que ingresar las deducciones por pérdidas anteriores. A partir de 2017, el efecto de la venta será simplemente acelerar la tributación por las pérdidas anteriores, que antes se distribuía en cinco años y que ahora recaerá en el ejercicio de la venta. Es decir, con la tramitación chapucera del Decreto Ley se permitió que los más listos se librasen de la "reversión", de pagar impuestos por las pérdidas, vendiendo a tiempo.

Una cosa es cerrar agujeros y eliminar privilegios fiscales, y otra es recaudar a cualquier precio. Lo que hicieron PP y PSOE el mes pasado no es lo primero, es lo segundo: todo vale con tal de recaudar. En primer término, se revierte, es decir, se obliga a volver a ingresar por una deducción legalmente practicada, y en principio, salvo que se demostrase otra cosa, por pérdidas reales. Por supuesto, estas empresas, buena parte del tejido productivo español pensaba que podía confiar, no ya en la estabilidad del sistema fiscal, sino simplemente en no tener que ingresar de vuelta deducciones legalmente practicadas. Esto no ocurre en ningún país, ni siquiera en los juegos infantiles, donde rige el principio de Santa Rita, Rita, lo que se da no se quita.

Además, en muchos supuestos la deducción, por haber perdido dinero, no lo olvidemos, no dio lugar a pagar menos en el impuesto de sociedades, sino a la mera acreditación de bases imponibles negativas- es decir pérdidas a efectos fiscales. Si esto es así, y en muchos casos lo es, como la compensación de pérdidas se limita, el contribuyente tendrá que ingresar por unas pérdidas que nunca le han supuesto menor ingreso. Pensemos en una pérdida fiscal de 10 millones de euros, que genera una base imponible negativa de otros 10. Cuando esta pérdida se convierte en ingreso, sólo se puede compensar con una parte de la base imponible negativa generada, es decir, increíblemente el impuesto sale a pagar. En estos supuestos, no es ya que el impuesto sea frontalmente contrario a la seguridad jurídica, es que también lo es a la capacidad económica. Pensemos en que si la sociedad nunca hubiese hecho inversiones, no hubiese tenido que pagar nada, y como las ha hecho y perdió, ahora tiene que pagar impuesto de sociedades, que en teoría hace tributar los beneficios, no las pérdidas. De hecho, se han producido ya casos de empresas en concurso, que tenían un convenio con los acreedores, y que pasarán a estar en liquidación porque tendrán que pagar a Hacienda por la deducción, legalmente practicada, derivada de haber realizado malas inversiones en el pasado. En otros casos, un poco menos espectaculares, simplemente habrá destrucción de empleo y riqueza para pagar un impuesto, que teóricamente era sobre los beneficios. Lo peor es que estamos hablando de un ajuste que se aplicará a decenas de miles de empresas, y que pretende recaudar más de 8.000 millones de euros en los próximos cinco años.

Esta norma no sólo es muy perjudicial para las empresas afectadas. Además, ahuyentará las inversiones y perjudicará a la actividad económica. Por último, esta norma es una auténtica chapuza con graves defectos. Por eso resulta tan grave que el PP y el PSOE impidiese con su voto conjunto la iniciativa de Cs de que el Decreto Ley de medidas fiscales se tramitase como proyecto de ley, para poder realizar enmiendas. Aunque seguro que habrá cambios en el "impuesto a las pérdidas", para algunas empresas y trabajadores es posible que ya sea demasiado tarde porque lo hayan perdido todo.

Por Francisco de la Torre Díaz, inspector de Hacienda del Estado. Diputado de Ciudadanos y presidente de la Comisión de Presupuestos del Congreso.

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