
Globalia Servicios Corporativos está cerca de despedirse de las subvenciones y las ayudas públicas durante, al menos, diez meses. La Fiscalía ha acusado a la filial de la compañía que preside Juan José Hidalgo de un "delito continuado de fraude a las subvenciones" que da Fomento en los vuelos a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
En concreto, el ministerio fiscal asegura que la firma ha defraudado 19,2 millones entre 2010 y 2013 con la venta de billetes subvencionados a extrapeninsulares por lo que solicita que indemnice al Estado con 22,8 millones, intereses legales incluidos, y sea multada con 9,6 millones. El fiscal ha pedido, a su vez, que la matriz Globalia y las sociedades Air Europa, Viajes Halcón, Viajes Ecuador, Travelplan y Tu Billetes sean responsables civiles subsidiarios de dicha cantidad, que alcanza los 32,4 millones.
Durante la investigación, y antes incluso de ser imputada, Globalia entregó al juzgado hasta 30,37 millones de euros para "garantizar la responsabilidad que pudiera derivarse" del proceso. El primer pago lo realizó el 5 de noviembre de 2015, un día después de que se diera a conocer el pacto alcanzado con Fomento para cerrar el expediente administrativo abierto por el pago irregular de subvenciones de los billetes de residentes extrapeninsulares.
El delito de fraude a las subvenciones lleva acarreado "la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho de gozar de subvenciones o incentivos fiscales o de la Seguridad social durante diez meses". En principio, y según la petición del fiscal, sólo tendría prohibido acceder a las ayudas la filial de servicios corporativas, que la única que ha sido acusada. El caso es que esta firma, que ha sido señalada como presunto cerebro de la estafa, no es la que vende los billetes ni la que liquida las ayudas. El resto de las firmas del grupo así como Hidalgo y los directivos han sido exonedaras por falta de pruebas después de haber colaborado con la justicia.
En este sentido, la fiscalia asegura que la acusada concurre en circunstancia atenuante de reparación del daño y de haber establecido, antes de comienzo de juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de persona jurídica.