Empresas y finanzas

Ordóñez pedirá una mayor solvencia a las cajas que no sean privatizadas

  • Los directores generales de las entidades se podrán jubilar a los 70 años
Banco de España.

El Banco de España ganará poder sobre las cajas y podrá discriminar a las entidades de ahorros que cierren en banda la entrada de inversores privados en su "capital". El Gobierno anunció el viernes pasado que el supervisor podría premiar a aquellas instituciones que se encaminaran hacia la privatización y penalizar a las que decidan mantenerse en su régimen jurídico especial. Ayer, la publicación del Real Decreto que modifica la regulación de las cajas destapó en que se basarán esta flexibilidad supervisora.

El organismo que dirige Miguel Ángel Fernández Ordóñez podrá exigir un mayor nivel de solvencia y de liquidez a las cajas que no estén preparadas para captar recursos de primer categoría de manera rápida; es decir, aquellas que no emitan cuotas participativas, saquen al mercado los Sistemas Integrales de Protección (SIP) creados a raíz de las fusiones virtuales o creen una filial bancaria y vendan parte de su capital.

De esta manera, el Banco de España presionará a las entidades para que se encaminen hacia su transformación con vistas a las nuevas exigencias internacionales que se avecinan en el marco de Basilea III, que podrían entrar en vigor en 2012.

Los mayores niveles de capital y liquidez que se impondrán a nivel internacional han puesto de manifiesto las deficiencias de las cajas españolas. Por este motivo, el Gobierno ha impulsado la reforma de la ley, que tendrá que ser validada en el Congreso de los Diputados a finales de este mes.

Las entidades de ahorros podrán emitir cuotas participativas hasta en un 50 por ciento de su patrimonio y podrán crear filiales bancarias semiprivatizadas. Bajo esta última fórmula, las cajas podrán traspasar el negocio bancario a una sociedad anónima y vender al capital privado el 50 por ciento.

Estas limitaciones tienen por objeto preservar la obra social, ya que las comunidades autónomas y los ayuntamientos seguirán manteniendo el control. En caso de que estos umbrales se sobrepasen, las cajas perderán su ficha bancaria y se convertirán en meras fundaciones. Además, las autonomías podrán nombrar directamente a un representante en la Comisión de la Obra Social.

Es la excepción que fija la reforma, porque el resto de nombramientos pasarán por el filtro de las asambleas regionales y los plenos de los consistorios.

La nueva ley impedirá, asimismo, la entrada en los órganos de gobierno de las cajas a los cargos electos y de alta representación en las administraciones públicas, con el fin de mejorar su profesionalización. Con este mismo objetivo, se eleva la edad de jubilación de los directores generales, que pasa de los 65 a los 70 años.

También se introducen exigencias para estar presente en el consejo de administración, como que las personas elegidas tengan una experiencia no inferior a los cinco años en funciones de dirección, control y asesoramiento de entidades financieras o de similar responsabilidad en otras compañías "de análoga dimensión".

El número de vocales del máximo órgano rector de las cajas no podrá exceder de diecisiete. No obstante, en el caso de que haya emitido cuotas podrá ampliarse a veinte con la intención de facilitar la entrada en el consejo a los cuotapartícipes. De manera transitorio, en este supuesto podrá llegar a veintidós hasta la próxima renovación de cargos.

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