
Las plataformas de micromecenazgo o crowfunding tendrán seis meses para adaptarse a la nueva ley de fomento de financiación empresarial, y si transcurridos quince desde esa fecha no lo hubieran hecho, podrán finalizar los proyector en marcha pero no iniciar otros nuevos.
Así lo establece una de las enmiendas introducidas por el grupo parlamentario de CiU durante su debate en el Pleno del Senado; la otra novedad establece que las propias plataformas podrán prestar servicios relacionados con el diseño de las campañas (por ejemplo, realización de vídeos para colgarlos en la página web).
La ley de fomento de financiación empresarial, que tiene por objeto facilitar el acceso al crédito de las pymes y regular los tipos de inversores -institucionales o minoristas- para proyectos de micromecenazgo o crowfunding, regresa ahora al Congreso antes de su aprobación definitiva.
Aviso con antelación
La norma contempla que la banca tendrá que avisar a las pymes con al menos tres meses de antelación si se va a producir un posible recorte en su financiación de un 35% o más.
Además, con el objetivo de que estas empresas, y también los autónomos, puedan encontrar vías alternativas de liquidez, podrán obtener de la entidad crediticia, gratuitamente y en un plazo de diez días, información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto y calificación crediticia.
Por lo que respecta al crowfunding, los pequeños inversores podrán invertir hasta un máximo de 10.000 euros anuales y no más de 3.000 por proyecto; además, tendrán que firmar de su puño y letra su consentimiento, tras ser advertidos de los riesgos.
Los más cualificados, sean particulares o empresas, deberán superar un millón de euros de activos, dos millones de euros de cifra de negocio, o 300.000 de recursos propios.
También serán inversores cualificados, y no tendrán límite inversor, las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los 50.000 euros al año o tengan un patrimonio superior a 100.000 euros.
El importe máximo de captación de fondos por proyecto de financiación participativa a través de cada una de las plataformas no podrá ser superior a los dos millones, aunque cuando los proyectos se dirijan exclusivamente a inversores cualificados este importe podrá alcanzar los cinco millones.
Mercado Alternativo Bursátil
La nueva norma se ocupa también del Mercado Alternativo Bursátil (MAB), y fija un techo de capitalización de 500 millones para operar en este segmento bursátil con el objetivo de evitar casos como el de Gowex, compañía que se declaró en concurso después de que su presidente admitiera haber falseado las cuentas.
Las empresas que tengan una capitalización de 500 millones de euros durante seis meses tendrán que pasar a cotizar en el mercado continuo.