
El BCE tiene previsto endurecer los criterios que determinan la idoneidad de los altos cargos de los bancos. El supervisor ha lanzado un proyecto de guía para determinar la evaluación de los consejeros y directivos de las entidades.
En el documento, que se aprobará definitivamente a principios del próximo ejercicio, el organismo comunitario deja claro que un banquero debe cumplir "en todo momento" el requisito de honorabilidad para garantizar una gestión sólida y prudente.
Un aspecto fundamental para ser honorable es preservar la presunción de inocencia. Es decir, que la imputación en un procedimiento judicial o administrativo en cualquier país, un consejero o ejecutivo tendría que dimitir de sus cargos. En la guía, el BCE remarca que "aunque existe la presunción de inocencia, el simple hecho de que una persona esté procesada es relevante para la honorabilidad".
Este nuevo criterio es más estricto que el contemplado en la regulación europea vigente, que fue traspuesta en España en 2013. En la misma se deja margen de maniobra al supervisor para determinar si un alto cargo puede o no continuar en su puesto, incluso, con una condena firme dependiendo del hecho delictivo, el tiempo transcurrido y las circunstancias que motivaron el proceso.
El BCE explica en la guía que un procedimiento judicial pendiente de resolución puede afectar a la capacidad para dedicar tiempo suficiente a sus funciones, algo que también "debe ser valorado".
El BCE exigirá a los bancos toda la información relacionada con procedimientos judiciales de sus máximos responsables. Sobre la base de los datos, indica la guía, "el supervisor valorará la importancia de los hechos y el impacto en la honorabilidad de la persona designada y en la reputación de la entidad".
El documento, al que se podrán presentar alegaciones, será discutido a mediados de enero en una audiencia pública en Fráncfort y posteriormente se publicarán las conclusiones. El papel del BCE, más allá de la legislación de cada estado miembro, es garantizar el buen gobierno de las instituciones financieras, por lo que matiza que puede haber diferencias en la aplicación de la normativa entre los distintos países.
Desde que asumió la supervisión directa, uno de las prioridades del BCE ha sido la exigencia de profesionalidad y honorabilidad a los banqueros, a los que les reclama implicación y experiencia para pertenecer a los órganos rectores de una entidad. Consejeros de algunos bancos han tenido que dejar sus asientos por decisión del BCE.
En este sentido, en la guía clarifica los criterios adecuados que tienen que tener los diferentes cargos. Así, para ser nombrado consejero delegado requiere diez años de experiencia práctica reciente en banca o servicios financieros, destacando puestos de alta dirección. Para ser consejero ejecutivo, pide cinco años. Para acceder a la presidencia no ejecutiva reclama también diez ejercicios de profesión bancaria, con una proporción significativa en alta dirección y conocimientos teóricos sobre el sector. Por último, para ser designado consejero no ejecutivo de una entidad, el BCE exige contar con tres años de experiencia reciente en puestos directivos.
Prevenir y gestionar conflictos de intereses
El BCE, en la guía para evaluar la ideoneidad de los banqueros, fija la necesidad de todas las entidades de tener sistemas para comunicar, mitigar, gestionar y prevenir los conflictos de intereses de sus máximos responsables, tanto reales como potenciales.
Explica que éstos se dan cuando afectan negativamente al banco. El supervisor único estipula que pueden ser de carácter personal, profesional, financiero y político en el momento en que se pueda adoptar la decisión o por vinculaciones en los dos años anteriores.