
El subsidio para mayores de 52 años es una fuente de ingresos importantísima para los trabajadores que se encuentran sin empleo cerca de la edad de jubilación y que han agotado el paro o no tienen derecho a percibirlo. Pero, al cumplir los 65 años, muchas de estas personas han dejado de cobrar la ayuda.
Lo ha confirmado María José Gómez, asesora de la subdirección general de Prestaciones del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) en el programa radiofónico 'Madrid Trabaja', de Onda Madrid. Gómez respondía a una duda de una oyente cuyo marido solo había cobrado 15 euros en el mes en el que cumplió 65 años y que descubrió que había perdido el derecho al subsidio por su llegada a la edad de jubilación ordinaria.
Gómez ha explicado que la razón de esa pérdida del subsidio de mayores de 52 años se encuentra en la normativa, que fija como una de las causas de la suspensión del subsidio la llegada a la edad de jubilación. Pero avisa: si el ciudadano no tiene derecho a cobrar la pensión en ese momento, podrá pedir de nuevo el subsidio.
Es lo que le pasaría a una persona con menos de 38 años y tres meses cotizados, cotización necesaria para jubilarse a los 65 años. Si la persona no llega a esa cotización, habrá de esperar a la edad de jubilación que le corresponda conforme a su cotización (en 2025 es de 66 años y ocho meses, pero en 2026 sería de 66 años y diez meses).
Si ese es el caso de la persona que cobra el subsidio, Gómez informa de que "le volvemos a pagar el subsidio, pero lo tiene que solicitar". En la solicitud del subsidio el ciudadano ha de indicar que el motivo de su petición es que no puede jubilarse a los 65 años. Si cumple todos los requisitos, percibirá de nuevo la ayuda.
Y, en el caso de que el trabajador sí pueda jubilarse, debe saber que ha de tramitar su jubilación y que no se hará nada de forma automática. "En ningún caso el SEPE tramita la solicitud de la pensión de jubilación de la persona trabajadora. Tiene que ser el marido (en alusión al caso del que se habla) quien lo solicite ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social", especifica la asesora.
No debe confundirse con lo que sucede con el Ingreso Mínimo Vital, que sí dispone de una pasarela desde los subsidios por desempleo: "Lo que el SEPE facilita, que no es el caso, es el paso al Ingreso Mínimo Vital y mediante una carta que se envía a las personas que son potenciales de este IMV".