
Todos los años, el Gobierno establece la cuantía de las pensiones mínimas de las pensiones contributivas. Así, las prestaciones por jubilación, viudedad o incapacidad permanente tienen unas cantidades mínimas que se garantizan a los pensionistas y que dependen del tipo de pensión y de las circunstancias personales del pensionista.
Pero, ¿qué pasa si una persona no llega a tener una pensión de cuantía igual o superior a la mínima? ¿Cobra por debajo de esa cantidad que, en principio, se asegura a todos los ciudadanos? Es una pregunta que no siempre tiene la misma respuesta y sobre la cual ha querido aportar algo de luz el funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz en su canal de TikTok.
En un vídeo publicado en la red social, el funcionario ha hecho referencia a lo que se llama complemento a mínimos: "Aquellos pensionistas cuya cuantía de pensión que esté por debajo de la pensión mínima establecida, podrán solicitar un complemento en su pensión siempre y cuando no superen un nivel de rentas establecido sin tener en cuenta el importe de su pensión".
Se trata de un complemento que ya perciben millones de pensionistas en nuestro país: de acuerdo con los datos de la Seguridad Social, son 2,12 millones de pensionistas los que lo percibieron en pensiones a fecha del 1 de mayo, principalmente pensiones de jubilación pero también de viudedad, incapacidad permanente u orfandad.
Muñoz recuerda que "el importe de las pensiones contributivas se obtiene de dos factores, por un lado los años cotizados y por otro lado está la base de cotización" y que "hay personas que por distintas circunstancias a lo largo de toda su vida laboral han tenido lagunas de cotización", lo cual ha provocado que "su vida de cotización haya sido reducida y haya cotizado pocos años".
Entre los casos posibles, los de personas que se hayan quedado en desempleo, los de personas que hayan pedido una excedencia para el cuidado de un hijo o un familiar mayor, los de personas que hayan tenido dificultades para encontrar empleo...
"También ha podido pasar que haya personas que, aunque hayan cotizado muchos años, lo hayan hecho a tiempo parcial, y que su base de cotización ha podido ser pequeña", especifica Muñoz.
Los requisitos de la Seguridad Social
La Seguridad Social explica en su página web que para poder percibir el complemento por mínimos es necesario tener, descontada la pensión mínima que le corresponda, rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales por encima de 9.193 euros anuales.
En ese caso, informa el organismo, "se reconocerá un complemento igual a la diferencia, distribuido entre el número de mensualidades en que se devenga la pensión".
@almucuen ?¿Sabías que los pensionistas con pensiones bajas pueden solicitar un complemento en su pensión? Esto te puede interesar ??
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