Economía

Así deben ajustar los autónomos sus cuotas a la Seguridad Social

  • El organismo advierte en Twitter acerca del nuevo sistema de cotización
  • Hay que tener en cuenta los rendimientos netos que genera el autónomo
  • También ha habido cambios en las cotizaciones por contingencias comunes
Foto: Dreamstime.

Los más de 3,3 millones de trabajadores integrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se enfrentan en este 2023 a un cambio en el sistema de cotizaciones a la Seguridad Social, por lo que sus cuotas sufrirán cambios respecto a las del año anterior en muchos casos y por esa razón el organismo trata de aportar la mayor información posible al respecto.

Todo se debe a la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales. Este sistema trata de ajustar los ingresos reales del trabajador autónomo para introducirlos en uno de los tramos de ingresos, cada uno de los cuales consta de una base mínima y máxima de cotización entre las que el autónomo puede elegir la suya para posteriormente aplicar las cuotas.

La clave de este sistema es evidente y radica en la determinación de esos ingresos reales que permitirán al autónomo colocarse en uno u otro tramo de ingresos y, a la vez, en una base de cotización u otra. Esto se puede conocer acudiendo al Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, que se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado.

En la nueva ley que regula la cotización de los trabajadores se establece que el primer paso es hallar los rendimientos computables procedentes de todas las actividades económicas, empresariales o profesionales", es decir, la suma de todos los ingresos menos los gastos. A esta cifra hay que aplicar una deducción del 7% en concepto de gastos deducibles, pero la deducción será solo de un 3% para los autónomos societarios.

La base de cotización según el tramo de ingresos reales

Determinada esta cifra será preciso buscar el tramo de ingresos que corresponde al trabajador autónomo para que pueda calcular su cuota posteriormente. La Seguridad Social ha explicado en su perfil de información de la red social Twitter que para ajustar la cuota hay que atender a la tabla de bases mínimas y máximas de cotización, que es la siguiente:

-Para ingresos al mes de hasta 670 euros: la base mínima será de 751,63 euros al mes y la base máxima de 849,66 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 670,01 a 900 euros: la base mínima será de 849,67 euros al mes y la base máxima de 900 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 900,01 a 1.166,69 euros: la base mínima será de 898,69 euros al mes y la base máxima será de 1.166,70 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 1.166,70 a 1.300 euros: la base mínima será de 950,98 euros al mes y la base máxima será de 1.300 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 1.300,01 a 1.500 euros: la base mínima será de 960,78 euros al mes y la base máxima será de 1.500 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 1.500,01 a 1.700 euros: la base mínima será de 960,78 euros al mes y la base máxima será de 1.700 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 1.700,01 a 1.850 euros: la base mínima será de 1.013,07 euros al mes y la base máxima será de 1.850 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 1.850,01 a 2.030 euros: la base mínima será de 1.029,41 euros al mes y la base máxima será de 2.030 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 2.030,01 a 2.330 euros: la base mínima será de 1.045,75 euros al mes y la base máxima será de 2.330 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 2.330,01 a 2.760 euros: la base mínima será de 1.078,43 euros al mes y la base máxima será de 2.760 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 2.760,01 a 3.190 euros: la base mínima será de 1.143,79 euros al mes y la base máxima será de 3.190 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 3.190,01 a 3.620 euros: la base mínima será de 1.209,15 euros al mes y la base máxima será de 3.620 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 3.620,01 a 4.050 euros: la base mínima será de 1.274,51 euros al mes y la base máxima de 4.050 euros al mes.

-Para ingresos al mes de 4.050,01 a 6.000 euros: la base mínima será de de 1.372,55 euros al mes y la base máxima será de 4.139,40 euros al mes.

-Para ingresos al mes superiores a 6.000 euros: la base mínima será de 1.633,99 euros al mes y la base máxima de 4.139,40 euros al mes.

La elección de la base de cotización no es definitiva y se puede cambiar varias veces al año si el autónomo ha experimentado cambios en sus rendimientos. De hecho, con el nuevo sistema es posible solicitar hasta seis cambios de base de cotización al año (estas son las fechas en las que puede hacerse), dos más que anteriormente.

Así son las cuotas de los autónomos en 2023

Las cuotas a la Seguridad Social, es decir, las cotizaciones que los autónomos pagan todos los meses, han sufrido también cambios en 2023, por lo que los profesionales por cuenta propia deben tenerlo en cuenta. Estas cuotas han aumentado un 0,6% debido al incremento experimentado en la cotización por contingencias comunes. Así:

-La cotización por contingencias comunes es del 28,9% de la base de cotización.

-La cotización por contingencias profesionales es del 1,3% de la base de cotización.

-La cotización por cese de actividad es del 0,9% de la base de cotización.

-La cotización por formación profesional es del 0,1% de la base de cotización.

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