
Las multas por exceso de velocidad y las de aparcamiento suponen el grueso de las sanciones impuestas en España, sin embargo, existe una serie de acciones que se cometen frecuentemente ya sea por pequeños descuidos o incluso desconocimiento, incurriendo en una infracción de tráfico y exponiéndose a su consecuente desembolso.
Por ello, la asesoría jurídica Pyramid Consulting ha recogido un decálogo de errores al volante en el que la Dirección General de Tráfico (DGT) especifica qué multa conlleva cada una de ellos, amén del peligro que suponen para los conductores.
Apurar demasiado los neumáticos
Los neumáticos desgastados son sinónimo de riesgo en la carretera. Y es que cuando el asfalto está mojado, nevado o helado tendremos menos adherencia, lo cual es peligroso. Cuando la profundidad de las ranuras principales de la banda de rodadura es inferior a los 4 milímetros, esta pérdida de adherencia será aún más pronunciada. Conviene recordar que la profundidad mínima requerida para turismos es de 1,6 milímetros. | Las ventajas de los neumáticos 'todo tiempo' o 'All Season'.
Las multas para este tipo de infracciones son de 200 euros por neumático puesto que, de acuerdo al Reglamento General de Vehículos, se considera una infracción grave. ¿Sabe cuándo cambiar los neumáticos?
Las luces
No sólo hay que tener las luces en buenas condiciones, sino que hay que asegurarse de llevarlas encendidas cuando corresponde. Y es que los faros, además de iluminar, sitúan al vehículo en la vía. Por tanto, será lo que permita que, cuando hay poca luz, nos sitúen el resto de conductores.
Por eso, es conveniente revisar el alumbrado antes de empezar a circular. Circular con él en malas condiciones o sin encenderlo en momentos de poca visibilidad (puesta y salida del sol, noche, niebla…) es peligroso. Por eso, son infracciones graves con multas de 200 € de acuerdo al RG de Circulación (art. 99).
Circulación
-Excesos de velocidad
Al aproximarse a pasos de peatones sin semáforo, zonas residenciales, colegios y a autobuses que están en sus paradas, se debe moderar la velocidad.
Las infracciones por conducir sin precaución o incluso de forma negligente se consideran graves cuando provocan peligro y se sancionan con hasta 260 euros (art. 3 RG de Circulación).
-No utilizar los intermitentes
Esta es una de las infracciones que se ve más a menudo. Pero es habitual que, en determinadas maniobras, se produzcan sobresaltos por no haberlo advertido previamente con los intermitentes.
Utilizar los intermitentes es obligatorio, incurriendo si no en una infracción graves penada con 200 euros (art. 108 RG Circulación).
-Hay que circular por el carril derecho
En autopistas y autovías es frecuente ver a conductores que ocupan los carriles del centro y la izquierda estando libre el derecho. Según el RG de Circulación (art. 31), en vías interurbanas con más de un carril por sentido, los automóviles deben circular siempre por la derecha. No hacerlo, entorpeciendo la marcha de otros conductores, es una infracción grave sancionada con 200 euros.
-Hacer un 'STOP' como si fuese un ceda
Esta señal se ubica en cruces de vías con poca o nula visibilidad. Es por eso que es importante detenerse completamente y cercionarse de que no viene otro coche antes de reanudar la marcha.
La norma establece que hacer frenar o maniobrar bruscamente al conductor que tiene la prioridad por no hacer el 'STOP' en una intersección regulada con la señal de detención obligatoria (R-2), es una infracción grave que se sanciona con multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos (art. 56 RG Circulación).
-Cargas mal aseguradas
Los vehículos de mercancías con cargas (arena, grava, heno, rastrojos…) mal aseguradas pueden provocar situaciones de riesgo para los vehículos que van detrás, en especial en vías donde se circula a más velocidad.
Circular con un vehículo cuya carga ha caído en la vía por mal acondicionamiento, creando peligro para el resto de usuarios, es una infracción muy grave sancionada con 500 euros (art. 14 RG Circulación).
-Estacionamiento
Está prohibido detenerse sobre la parada del autobús. No sólo son infracciones peligrosas, sino que dificulta el tránsito del resto de usuarios de la vía. Al hacerlo, se obliga a aquellos que quieren coger el autobús a invadir la calzada, provocando molestias y peligros.
Por eso estas inmovilizaciones están consideradas infracciones graves y sancionadas con 200 euros (art. 94 RG Circulación).
-Mirar antes de abrir la puerta
Antes de abrir la puerta del vehículo después de estacionar, siempre se debe mirar por el retrovisor. Algo tan sencillo puede suponer no provocar graves daños a un ciclista que pase junto a su vehículo en ese preciso momento, y al propio conductor si la calle es estrecha y otro vehículo está pasando cerca.
Este tipo de comportamientos que causan riesgo a otros usuarios se consideran infracciones graves y son sancionados con 260 euros.
-Estacionar sobre la acera
Al aparcar encima de la acera, ya sea ocupando un trozo o completamente, se invade el espacio destinado a los peatones. Eso no sólo supone una incomodidad, sino que también se propician situaciones de riesgo.
Estacionar sobre aceras o zonas peatonales es una infracción grave y sancionada con 200 euros (art. 94 RG Circulación).