
La industria alimentaria llama a la rebelión contra la Generalitat de Cataluña por el nuevo impuesto al azúcar. Después de que el Gobierno haya rechazado la petición de doce organizaciones -Asaja, Coag, UPA, Cooperativas Agroalimentarias, Fiab, Promarca, Aecoc, Anged, Asedas, Aces, Fehr y Marcas de Restauración- de recurrir la tasa ante el Tribunal Constitucional, el sector anima ahora a todos aquellos establecimientos y empresas que hagan la liquidación a impugnar la misma.
Josep Puxeu, director general de la patronal de refrescos Anfabra explica que "aunque se va a encargar la defensa jurídica al despacho Uría y se presentará un recurso contra el impuesto por la vía contencioso-administrativa, llegando si es necesario incluso hasta Bruselas, lo que vamos a recomendar a que cada establecimiento que tenga que tributar es que impugne los pagos".
Aunque la ley obliga a que el impuesto repercuta en el precio final y lo pague por lo tanto el consumidor, con el objetivo teórico de reducir el consumo de bebidas azucaradas, la liquidación la deben hacer los establecimientos de distribución de bebidas o los almacenes para mayoristas o cash & carry. Eso en el caso siempre de que estén ubicados en Cataluña, porque en caso contrario esa liquidación correspondería al establecimiento de hostelería o a la tienda donde se venda el producto.
Puxeu explica que "vamos a llegar por la vía legal hasta donde haga falta" y, en este sentido, todo el sector mantendrá mañana mismo una reunión en la sede de la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab), la patronal que aglutina a todas las organizaciones empresariales del sector. "Vamos a plantear una defensa común en la que estemos representados todos, desde las organizaciones agrarias hasta la alimentación, la distribución y la hostelería", asegura el director general de Anfabra.
Meses de preparativos
El impuesto, aprobado por la Generalitat de Cataluña en la ley de acompañamiento de los Presupuestos de 2017, entró en vigor el pasado 1 de mayo. Fuentes de la consejería de Economía del gobierno catalán señalan que, tal como explicaron cuando presentaron la tasa, su objetivo no es recaudatorio, sino que busca adaptarse a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS); y, aunque indican que las empresas del sector están "en todo su derecho" de emprender las medidas legales que estimen oportunas, también recuerdan que durante los meses en los que se ha trabajado en cómo dar forma a este impuesto "se han mantenido reuniones constantes con el sector", indican desde la consellería de economía catalana.
De hecho, aunque, en un principio el impuesto entraba en vigor el 1 de abril, ante la falta de información sobre cómo se tenía que aplicar, se retrasó hasta el pasado 1 de mayo, aunque el desarrollo de la norma ha tardado algo más, ya que hasta el viernes pasado el reglamento que la rige no entró en vigor.
En él, se especifican exactamente qué tipo de bebidas estás sujetas a la tasa y cómo se deben realizar las liquidaciones, que son trimestrales y se calcularán sobre las cantidades netas de bebidas vendidas. La primera liquidación está prevista para el periodo comprendido entre el 1 y el 20 de julio y solo afectará a las bebidas vendidas después del 1 de mayo, que es cuando el impuesto entró en vigor. El stock previo queda exento de la tasa, que varía dependiendo de la concentración de azúcar de cada bebida.
Para su aplicación, en el caso de los zumos de fruto o verduras y de la leche o de sus derivados solo se tiene en cuenta el "edulcorante calórico" adicional y no el natural de cada productos. En estos casos, los fabricantes deberán facilitar información a los distribuidores sobre la cantidad añadida, ya que no se suele especificar en las etiquetas, que son las que sirven de guía para calcular la tasa a aplicar.
El reglamento, además, especifica que las bebidas que se envasen en el momento no están sujetas al impuesto; excepto aquellas que se "suministran al consumidor por medio de un surtidor", indica el texto de la norma.
Marcha atrás al estatal
Por el momento, y aunque existen otras comunidades autónomas que de una u otra manera han adelantado que estudiarían un impuesto similar, sólamente Cataluña aplica una tasa de este tipo. El gobierno español valoró incluirla en los Presupuestos Generales del Estado, pero finalmente Cristóbal Montoro declinó dar este paso. Si el tributo estatal hubiera visto la luz, tendría que haber indemnizado con 40 millones de euros anuales a Cataluña, por la pérdida del impuesto. No obstante, las expectativas de recaudación de la Generalitat son más elevadas; de 70 millones anuales.