
La Audiencia Nacional ha rechazado adelantar la salida de la cárcel del etarra Fernando del Olmo, condenado a más de 800 años de prisión por nueve asesinatos terroristas, al que se adelantó a octubre de 2015 su puesta en libertad en aplicación de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que derogó la denominada 'doctrina Parot'. Estrasburgo felicita a España por la rápida ejecución de la sentencia que tumbó la doctrina Parot
En un auto hecho público este lunes, el Pleno de la Sala de lo Penal acuerda rechazar la solicitud del etarra para que se le aplicara el doble cómputo de la prisión preventiva a la fecha de licenciamiento definitivo, que en aplicación de la sentencia europea sobre Inés del Río se adelantó del 10 de abril de 2020 al 7 de octubre de 2015.
La doctrina del doble cómputo, fijada por el Tribunal Constitucional en 2008, establece que el tiempo que un recluso permanece en prisión provisional debe descontársele, a efectos de cómputo de la pena, de cada una de las condenas firmes que estuviera cumpliendo.