
Tras la experiencia del Gobierno vasco con el fallido 'plan Ibarretxe', el Ejecutivo catalán parece haber aprendido de las lagunas de aquel texto para presentar el decreto de convocatoria de consulta amparado por la recientemente aprobada Ley de Consultas que este sábado rubricaba Artur Mas en una ceremonia que calificó de "histórica".
Sin embargo, y pese al caso vasco, que generó una sentencia contraria a la consulta planteada por parte del Tribunal Constitucional en 2008, el texto firmado este sábado en el Palau de la Generalitat tiene otras trampas con las que pretenderá burlar a los magistrados, aunque sin suficiente solidez, según concluye el diario El Mundo en un análisis que publica este domingo.
Estos son algunos de los puntos ambiguos tanto de la Ley de Consultas como del decreto de convocatoria de la consulta soberanista el 9N en los que el Tribunal Constitucional se apoyará para decidir sobre su constitucionalidad:
-Los conceptos de referéndum y consulta están mezclados en esta convocatoria. La diferencia radica en que el referéndum implica una decisión política "de especial trascendencia", con mayores exigencias jurisdiccionales, y que por tanto solo podrá ser convocado por el Gobierno de la nación previa autorización del Congreso. Pese a la naturaleza de referéndum del caso catalán, que atañe a la soberanía nacional, el Govern aplica el concepto de consulta, que apoyado por su reciente ley rubricada, no necesitaría del visto bueno del Estado para ser convocada.
-El contenido de las preguntas de la consulta ("¿quiere que Cataluña se convierta en un Estado?", y en caso afirmativo, "¿quiere que este Estado sea independiente?"), abriría, al igual que en el 'plan Ibarretxe' una "reconsideración del orden constitucional que incluiría una nueva relación entre el Estado" y Cataluña, en este caso, según la sentencia de 2008.
-Censo electoral cuestionable. El decreto establece un censo que, en primer lugar, incluye a los catalanes mayores de 16 años, favoreciendo así el voto independentista, ligado a personas de generaciones más jóvenes, según el análisis de El Mundo. Además, se establece una paradoja: mientras que se permite votar a los catalanes residentes en el extranjero y sus descendientes, no pueden hacerlo los que residan en otras comunidades de España, debido a la inaccesibilidad a los datos de otros censos regionales.