
La apertura de delegaciones en otros países no ha bastado para satisfacer las pretensiones de las comunidades autónomas de hacer política en el extranjero. De acuerdo con los datos más recientes del Ministerio de Asuntos Exteriores, las regiones acumulaban hasta el año pasado 300 tratados firmados entre ellas y Estados, instituciones y regiones de otros países. El plan de Margallo: compartir embajadas
Desde el departamento dirigido por el ministro José Manuel García-Margallo ponen de manifiesto que conocen el número, pero no tanto el contenido de la mayoría (hasta 277 del total de 300) de esos técnicamente llamados memorandos de entendimiento (más conocidos por las siglas inglesas MoU, memorandums of understanding).
La falta de información
La causa de esa ignorancia radica en que las autonomías no informaron previamente a Exteriores, ni a otros ministerios, de los acuerdos a los que pretendían llegar, aun cuando de ellos se derivan obligaciones jurídicas y económicas de la más variada naturaleza. En el mejor de los casos, en la Secretaría Técnica de la cancillería española figuran registros de memorandos autonómicos correspondientes a no más de tres ejercicios (2009 y 2010-2011), a los que acompañan apreciaciones de la propia Secretaría, hechas a posteriori, una vez que los términos generales del tratado están ya establecidos.
Es cierto que los expertos jurídicos consultados subrayan que los memorandos de entendimiento son una variante muy común de acuerdos no formales, utilizados por todo tipo de empresas y organizaciones a la hora de establecer relaciones de negocios, comerciales o de cooperación a escala internacional en muy variados niveles (por poner un ejemplo, el rescate europeo del sector financiero español se vehiculó a través de un MoU).
La competencia del Estado
Con todo, los expertos señalan que el uso de estos instrumentos por parte de las comunidades autónomas puede ser problemático, en la medida en que la Constitución establece que las relaciones internacionales son competencia exclusiva del Estado.
Solamente a través de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional se ha abierto la puerta a que las regiones puedan llevar a cabo algún tipo de actividad exterior, siempre que sea necesario para el desarrollo de sus propias competencias y, lo que es más importante, siga las directrices de política exterior que el Estado establezca.
Las dificultades se ven incrementadas si se considera la gran cantidad de ámbitos a los que alcanza la política internacional de los Gobiernos autonómicos (ver información gráfica adjunta) que abarcan desde la agricultura, la cooperación comercial y de otros tipos, la sanidad o las políticas destinadas a la juventud.
Cambios en la normativa
Difícilmente puede garantizarse el cumplimiento de este último requisito si las comunidades le hurtan a Exteriores el contenido exacto de sus memorandos. Es por ello que recientemente el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de Ley para establecer la necesidad de un control previo a todos los memorandos que las comunidades impulsen, una condición que hasta ahora solamente se requería para un limitado número de ellos, los llamados de cooperación entre regiones fronterizas, 24 de los cuales fueron formalizados entre 2008 y 2011.
El Ejecutivo ha querido también ofrecer contrapartidas, puesto que se compromete a informar a sus homólogos autonómicos de la información de todo tratado en el que lleve la iniciativa, pero que afecte en alguna medida a la política regional.
Más allá de los memorandos de entendimiento, García-Margallo quiere poner coto también, a través de la Ley de Acción Exterior que está a punto de llegar al Senado, la competencia que en política exterior hacen las autonomías al Estado. El camino pasa por ejercer control sobre los viajes al exterior de los presidentes autonómicos o por conminar al cierre de las denominadas embajadas regionales.