Política

Análisis: Las herramientas del Estado de Derecho para hacer frente al fin de la 'doctrina Parot'

Inés del Río. Foto: EFE.

No es creíble que el Gobierno no supiera hace semanas lo que ha sido un secreto a voces desde que, en julio de 2012, la Sala Pequeña del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo anulase la 'doctrina Parot' que el Supremo español había inventado en 2006 para tratar de impedir que numerosos etarras históricos de biografías sumamente sanguinarias, con Parot a la cabeza, quedasen en libertad tras cumplir sus penas, aliviadas por los beneficios penitenciarios que otorgaba el último Código Penal de la dictadura, de 1973.

Así las cosas, resulta incomprensible que, en vez de preparar el terreno y de hacer pedagogía para que nadie se sorprendiera, el Ejecutivo de Rajoy alentara hasta última hora la falsa esperanza de que el fallo de la Gran Sala podía ser distinto. La resistencia de Rajoy para enfrentarse a la realidad y anticipar decisiones antes de que los problemas se vuelvan irreversibles alcanza límites realmente preocupantes.

En definitiva, nos hemos topado con la referida sentencia, que es firme y que crea jurisprudencia. Y que, como es obvio, habrá que acatar porque el Tribunal es uno de los elementos esenciales de la construcción europea en la que España está profundamente imbricada. No se trata por tanto de una sentencia extranjera, como algunos han dicho, sino de una resolución judicial emanada de nuestro último escalón jurisdiccional, que es el europeo. Y es así por voluntad propia de nosotros, los españoles, que hemos decidido libérrimamente formar parte de la Unión.

¿Qué hacer, pues, ahora? El Gobierno, nada, salvo desdramatizar este contratiempo que pone en entredicho -dicho sea de paso- la calidad de nuestro tejido judicial (hasta un lego conoce la irretroactividad de las normas penales como uno de los fundamentos del Derecho), tranquilizar a las víctimas y advertir del rigor con que las fuerzas de seguridad del Estado vigilarán el cumplimiento estricto de la ley en las excarcelaciones y en lo referente a la conducta de los excarcelados.

La estrategia del Gobierno

Y los tribunales deberán revisar motu proprio todos aquellos casos en que se haya aplicado la norma ahora cancelada. No se trata de esperar a que los presos afectados por la medida recurran su situación, como hizo la etarra Inés del Río, ya que si los jueces no actuaran con el celo debido en enmendar su error podrían ser acusados de detención ilegal.

Ello supone que unas docenas de delincuentes -terroristas y presos comunes- saldrán gradualmente a la calle en un breve plazo de tiempo. Los ciudadanos sentiremos desazón y hasta indignación, pero no sucederá nada que no pueda ser controlado por el Estado. ETA, recuérdese, ha dejado de practicar la violencia, y a Interior le corresponde la tarea de conseguir que sus miembros no incurran en delitos de exaltación del terrorismo. Y el Estado de Derecho tiene medios preventivos para asegurar que no reincidirán otros presos peligrosos que quedarán en libertad (violadores especialmente).

En nuestras democracias, también la lucha contra la delincuencia tiene reglas que no pueden violentarse. Deberíamos haber aprendido la lección hace tiempo, pero al parecer nuestros jueces habían descubierto un nuevo atajo que no ha sido aceptado por los hermeneutas de los grandes principios. Tampoco en este combate desigual el fin justifica los medios.

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