
El Tribunal Supremo dio carpetazo ayer a la causa abierta contra la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, por el cobro de dietas dobles y triples en Caja Navarra (CAN) que podían llegar a los 5.000 euros. El Supremo resuelve que los hechos "no son constitutivos de delito", dejando el caso cerrado como apoyaba la Fiscalía. El fiscal no aprecia indicio de criminalidad
La juez que investiga las dietas cobradas por distintos consejeros de la antigua caja navarra -hoy absorbida por CaixaBank- había solicitado al Supremo que tomase declaración y estudiara si abría causa contra la dirigente de UPN. La asociación Kontuz y el partido UPyD, se mostraron favorables a que la investigación siga en los juzgados.
La presidenta del Gobierno foral se congratuló del fallo, que su abogado interpreta que implica el archivo de la causa abierta también contra los tres cargos políticos de UPN imputados por la jueza de instrucción de Pamplona: el expresidente navarro Miguel Sanz, el exconsejero de Economía Álvaro Miranda, y el actual alcalde de Pamplona, Enrique Maya. Se les imputa, como a Barcina, un presunto delito de cohecho impropio en el cobro de dietas en la Comisión Permanente de la CAN, en contra de la interpretación de la Fiscalía.
La citada Comisión Permanente, a la que asistían los cuatro, pagaba dietas que podían ascender a 5.000 euros y por las que Barcina tuvo que pedir perdón y comprometerse la devolución de 68.500 euros ingresados por esos conceptos.
En una sola reunión Sanz se embolsó 10.720 euros y Barcina 6.868 euros. Las cantidades no se identificaban como dietas y no se ponían en conocimiento del Banco de España ni de la CNMV. El Supremo resuelve que eran pagos por el cargo ocupado en la CAN.