
El Pleno del Tribunal Constitucional ha aceptado la admisión a trámite del recurso de amparo presentado el exlíder de Batasuna Arnaldo Otegi y el que fuera secretario general del sindicato LAB Rafael Díez Usabiaga contra la sentencia del Tribunal Supremo que, en mayo de 2012, les condenó por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de la organización Bateragune.
La decisión del Supremo había supuesto una rebaja respecto de la condena inicial que les impuso a ambos en este caso la Audiencia Nacional, que fue de diez años de prisión. El alto tribunal consideró que no podían ser condenados por integración en organización terrorista en grado de dirigentes y por ello rebajó en tres años y medio las penas impuestas inicialmente.
La Audiencia Nacional les condenó a diez años de cárcel porque consideró probado que a través la actividad que desplegaron entre 2008 y 2009 cumplían las instrucciones de ETA, y que Otegi y Usabiaga, además, "ostentaban la categoría de responsables y promotores" de una novedosa estructura que trasmitía las directrices de la banda terrorista.
El Tribunal Supremo (TS) rebajó a seis años y medio la condena al considerar que deben ser condenados por su pertenencia a ETA pero no en calidad de dirigentes. Ahora el TC ha admitido a trámite su recurso de amparo contra la decisión del Supremo.
En su providencia, el TC notifica al Supremo y a la Audiencia Nacional su decisión.