
El Real Madrid está a punto de cerrar la incorporación de su nuevo fichaje: Asier Illarramendi será, en pocos días. nuevo jugador del equipo merengue. Lo será por una cantidad que rondará los 30 millones de euros, pero que no se abonarán en concepto de pago de su cláusula de rescisión, sino en concepto de traspaso. Con este movimiento, los blancos consiguen regatear impuestos a Hacienda, aunque la operación pueda salir incluso más cara que el neto de esa cláusula de rescisión.
Porque uno de los puntos en los que se encuentra atascada el acuerdo entre los blancos y la Real Sociedad es la cantidad que se desea abonar y percibir por la operación.
El Real Madrid está dispuesto a poner 30 millones que cuesta su cláusula e incluso un plus posterior por objetivos siempre y cuando la Real acepte que la operación se cierre como un acuerdo amistoso y no como el pago de la cláusula de rescisión.
Además, el club merengue quiere pagar en tres plazos y no en uno, como reclaman los txuri-urdin. La Real, por su parte, acepta que el pago del fichaje sea de 30 millones, pero exige un único pago, como se realizaría en caso de depositarse la cláusula.
¿Por qué estaría el Real Madrid dispuesto a ejecutar la operación de este modo aunque tenga que pagar a largo plazo más que esos 30 millones de euros (recordemos, 30 más variables)?
Pues porque la cantidad que se ahorrarían en impuestos será, en todo caso, mucho mayor que la que finalmente tendrán que pagar aunque el coste final del traspaso ronde los 30 millones en fijo y unos 5-8 en variables.
Hay que tener en cuenta que, según la legislación vigente en la Liga de Fútbol Profesional (LFP), es el jugador el que tiene que depositar de forma personalizada la cláusula de rescisión en forma de cheque bancario. Se supone, así pues, que es el jugador el que paga esa cifra aunque, en realidad, la abona siempre el club comprador.
Este tipo de operaciones supone bajo un incremento del patrimonio del futbolista a efectos legales y, por lo tanto, se le aplica la correspondiente retención del IRPF, que en este caso superaría el 52% que fija la ley. De esta manera, el Real Madrid debería pagar por Illarramendi no sólo los ya mencionados 30 millones de euros, sino otros 15 más para cerrar la operación si ésta se ejecutase por la vía de la cláusula.
En el caso contrario, el que finalmente pondrán en marcha el Real Madrid y la Real Sociedad, el único impuesto que se deberá pagar es el IVA correspondiente, aunque por la naturaleza del traspaso y demás peculiaridades fiscales, la cantidad será mucho menor que la que se abonaría con el método antes mencionado, el de la cláusula.
El método, con todo, es usado por buena parte de los equipos del fútbol español, conjuntos que en su mayoría prefieren el pago en formato traspaso y no en forma de abono de cláusula para evitar, de esta manera, el sobre coste por los impuestos.
Se trata, en todo caso, de una fórmula totalmente legal y para nada ilícita que entra dentro de los parámetros que fija la ley.