Europa

Se pueden rechazar estudiantes extranjeros de Medicina para proteger el sistema sanitario

Un Estado miembro sólo puede limitar la matrícula de estudiantes extranjeros en estudios universitarios del ámbito sanitarios cuando esta restricción resulta justificada para proteger la calidad salud pública, por ejemplo, para garantizar que habrá suficientes profesionales sanitarios para atender a la población local, según ha dictaminado hoy martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).

La sentencia se refiere al caso de la comunidad francesa de Bélgica, que desde hace varios años viene observando un significativo aumento del número de estudiantes que llegan de otros Estados miembros, sobre todo de Francia, y se matriculan en sus centros de enseñanza superior, especialmente en nueve estudios sanitarios.

Al considerar excesiva la presencia de estudiantes extranjeros, la comunidad francesa obligó a las universidades a limitar el número total de alumnos no residentes al 30 % del total de matriculados en el curso académico anterior. Con el límite de este porcentaje, los estudiantes no residentes son seleccionados mediante sorteo a efectos de su matrícula En este contexto, el Tribunal Constitucional de Bélgica, ante el que se interpuso un recurso de anulación contra esta normativa, presentó una cuestión prejudicial ante el TUE. De entrada, el Tribunal de Justicia señala que la normativa controvertida establece una desigualdad de trato entre estudiantes residentes y no residentes. Una desigualdad de este tipo constituye una discriminación indirecta por razón de la nacionalidad, prohibida a menos que esté justificada objetivamente.

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