
La papelera administrativa española se prepara para recoger los restos de una ingente producción legislativa que acabará sus días en breve plazo. Más de 7.000 normas y procedimientos reglados, el contenido, al menos parcial, de 80 leyes sustantivas y 370 reales decretos irán irremisiblemente al limbo burocrático.
Una limpieza de envergadura, un paso decisivo en la liberalización económica. Es la Directiva Europea de Servicios que el Gobierno aprobará hoy en el consejo de ministros.
Área de servicios
Las implicaciones de esta adopción son enormes en el área de los servicios, aunque es más problemático que de resultados económicos en lo inmediato, como desearía el Gobierno, que ha presentado esta liberalización entre las medidas de lucha contra la crisis y, específicamente, contra la inflación.
La complejidad de la operación administrativa, con ramificaciones políticas que serán difíciles de solventar aconsejó al Gobierno contar con una ley paraguas que "incorpore inicialmente los principios generales y aporte un marco jurídico de referencia más allá del periodo de transposición", como reza el Informe del Grupo de Trabajo ah hoc, al que ha tenido acceso elEconomista.
Evaluar la compatibidad de las normas
La transposición normativa, según dicho documento, exige evaluar la compatibilidad de las normas españolas con la Directiva, procedimiento en el que las Comunidades Autónomas tienen mucho que decir ya que cuentan con competencias exclusivas. De hecho, la denominación coloquial de ley paraguas se adoptó para no llamarla Ley Marco o Ley de Bases, que implicarían problemas competenciales añadidos.
El documento aludido señala como objetivo la reducción de trabas administrativas injustificadas o desproporcionadas al ejercicio de la actividad económica en determinados sectores, con lo que el Gobierno espera obtener "ganancias de eficiencia, productividad y empleo, además de un incremento de la variedad y calidad de los servicios".
Desarrollo ambicioso
En el documento de trabajo se recoge el "desarrollo ambicioso" de la directiva, expresión que ha tomado cuerpo en declaraciones de Zapatero, Miguel Ángel Fernández Ordóñez y Pedro Solbes. No se trata sólo de la predisposición liberalizadora del Gobierno, sino que la normativa elaborada deberá ser remitida a la Comisión Europea y a los estados Miembros, por lo que podría ser objetada, en caso de que se apreciase un desarrollo restrictivo.
El problema más espinoso desde el punto de vista de la transposición es cómo articular la norma europea con la del Estado y con las de las Comunidades autónomas. Todas las administraciones son responsables de asegurar, en su ámbito, el cumplimiento de la Directiva. La normativa estatal no puede imponerse a las autonómicas.
Versión 'ligth'
La directiva ofrece dos fórmulas para la actuación transfronteriza de los profesionales. La prestación de servicios a un consumidor de otro país desde el país de origen o bien, el establecimiento de una base en el país ajeno en el que se pretenden prestar los servicios. Las implicaciones, fiscales, de régimen laboral y de carácter administrativo son calificadas por un representante sindical de "ilimitadas, como la propia casuística que quiere abarcar". Lo importante es evitar, continúa, que la picaresca se refugie en la liberalización, por ejemplo, transformando empresas en trabajadores autónomos.
A este respecto, desde la UPTA se señala que lo verdaderamente importante es que se exija una homologación profesional con rigor para evitar que personas de menor cualificación de un país puedan actuar en otro donde se exija una mayor cualificación y buscar la competitividad no por la vía de eficiencia profesional, sino por vía administrativa.
Flotas de empresas
Esta organización de autónomos se muestra de acuerdo con la liberalización de los servicios, pero de todos los servicios, entre los que incluyen la distribución eléctrica de baja y media tensión. Como sectores, les preocupa especialmente el de taxis donde podrían entrar flotas de grandes empresas a competir con los autónomos.
La voluntad de los legisladores es la de profundizar en la liberalización y la competencia, por lo que no se obliga a los estados miembros ni a liberalizar servicios de interés económico general ni a privatizar entidades o empresas públicas que presten este tipo de servicios, ni a abolir los monopolios actuales para otras actividades o determinados servicios de distribución. Tampoco afecta a las condiciones de trabajo.