
El Gobierno aprueba hoy el texto de la Ley Orgánica que remitirá a las Cortes para cumplir así con lo establecido en la Constitución Española, que recoge en su título II (De la Corona) un artículo donde hace referencia a la abdicación del Jefe del Estado y a las renuncias de los herederos.
Textualmente, el artículo 57.5 de la Carta Magna dice: "Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una Ley Orgánica".
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, aludió ayer a este precepto al explicar los pasos que se seguirán para culminar la abdicación de don Juan Carlos en favor de su hijo.
La situación que crea la decisión tomada por el Rey no está prevista, y carece de precedentes en el período democrático, e incluso lo estipulado en la Constitución ha estado sujeto a diversas interpretaciones por parte de los constitucionalistas en los últimos tiempos.
El proceso en las Cortes
Una vez aprobada por el Gobierno, la ley orgánica se remitirá al Congreso para su tramitación parlamentaria. El procedimiento arranca con la calificación del texto por la Mesa del Congreso, su publicación en Boletín Oficial de las Cortes y la apertura de un plazo de enmiendas para que los grupos fijen posición.
El trámite ordinario incluye después un debate de totalidad en el Pleno del Congreso y, a partir de ahí, presentación de enmiendas parciales, discusión en ponencia y en la Comisión Constitucional y aprobación por el Pleno, con un apoyo mínimo de la mayoría absoluta, al tratarse de una ley orgánica. Después el proceso se repite en el Senado.
Ahora bien, todo este procedimiento durará lo que decida la mayoría parlamentaria de la Cámara, que puede imponer un trámite de urgencia, acortando todos los plazos a la mitad, e incluso resolver su tramitación en lectura única (en una única sesión plenaria sin pasar por comisión). De hecho, PSOE y PP ya reformaron la Constitución en apenas dos semanas entre agosto y septiembre de 2011.
Si el Gobierno solicita la aprobación por lectura única, el Pleno del Congreso de los Diputados debatiría y daría luz verde al texto la próxima semana, en el Pleno convocado para los días 10, 11 y 12 de junio.
Después, la ley orgánica llegaría al Senado una semana después para recibir luz verde de la Cámara Alta y aprobar de manera definitiva la reforma legislativa en el Pleno previsto para los días 17, 18 y 19 de junio.
En este sentido, el presidente del Congreso, Jesús Posada, calcula que la ley orgánica que regulará la sucesión del Rey Juan Carlos en la figura de su hijo, el todavía Príncipe de Asturias, Felipe de Borbón, estará definitivamente aprobada el próximo 18 de junio.
Tras la abdicación
A continuación, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaría la ley que haría oficial la abdicación del Rey Juan Carlos y el nombramiento como Jefe del Estado del actual Príncipe de Asturias, don Felipe de Borbón. De este modo, el acto de proclamación tendría lugar la última semana de junio en el Congreso de los Diputados, en una sesión conjunta de las Cortes Generales, al estilo de la que elevó al trono a don Juan Carlos el 22 de noviembre de 1975.
Una vez proclamado Rey, Felipe VI establecerá su hoja de ruta, que incluirá, entre otras cosas, qué papel reservará a su padre, al que previsiblemente le asignará unas funciones y, por tanto, una asignación de los presupuestos de la Casa del Rey para retribuir esas labores. Lo que está claro es que Don Juan Carlos seguirá viviendo en el complejo de la Zarzuela, al igual que los nuevos Reyes. La vivienda actual de Don Felipe y Doña Letizia está situada en el mismo complejo, pero separada de lo que es el Palacio de la Zarzuela. Ni unos ni otros tienen intención de cambiar su domicilio actual.
Enriqueta Expósito, profesora de la Universidad de Barcelona, apunta a que don Juan Carlos podría ostentar el título de conde de Barcelona como hizo su padre, don Juan, después de que renunciara a sus derechos a favor de su hijo en mayo de 1977. "Título que sólo está referido a los reyes", señala.
La infanta Leonor pasará automáticamente a ser considerada Heredera de la Corona desde la proclamación de su padre como Rey. Tal y como establece el artículo 57.2 de la Constitución, tendrá la dignidad de Princesa de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. Cuando cumpla 18 años, Leonor deberá jurar la Constitución en las Cortes.