Hola, buenos días, quería saber hasta qué punto el trabajador tiene opción de defenderse o renegociar el número de días de indemnización por despido una vez se ha aprobado el ERE con sus condiciones. Gracias.
Hola, muy buenos días. Por lo que me comentas, en tu caso, se ha aprobado el ERE (no se si con acuerdo o sin él) y no estás de acuerdo con sus términos. La realidad es que una vez aprobado, las posibilidades de defenderte o de renegociar son normalmente muy bajas. Siempre puede intentarse una impugnación, que es difícil que salga adelante, especialmente si ha sido con acuerdo.
Hola, Ignacio. Mi empresa se enfrenta a un ERE temporal y nos van a hacer trabajar de cada cinco días, cuatro una vez al mes. No han dado más detalles ¿En qué lugar me deja esto? ¿Puedo reclarmar en algún sitio? ¿qué pasaría si me opongo al mismo?
Hola. En tu caso, me estas hablando de un ERE temporal de reducción de jornada. El mismo tiene que tramitarse y podrá haber acuerdo previo o no entre empresa y trabajadores. Si no hay acuerdo, decide la autoridad laboral (generalmente las condiciones cuando no hay acuerdo son más duras). Se podrá percibir el desempleo parcial, cuando suponga una reducción de al menos un tercio de la jornada. Sobre la reclamación, se puede hacer, pero la impugnación de un ERE aprobado es muy complicada.
El contrato sigue vigente y al ser temporal, una vez que concluya el ERE se volverá a la jornada completa.
Como os he comentado antes, es un tema en referencia al cual se han aprobado una serie de medidas que benefician a empresario y trabajador, para evitar que se acuda a extinciones directamente. Como os he comentado antes, se explica bastante a fondo en la guia del ERE que va a distribuir diario elEconomista.
Ignacio, debido a que es tu especialidad, aunque no sea directamente relacionado con el empleo, si que me gustaría saber tu opinión como abogado laboralista del panorama a nivel de mercado laboral y conflictividad de empresas que dejaría una previsión como la que se baraja de más del 20% de paro. ¿Se puden colapsar los juzgados de lo social? ¿Es realmente sostenible un sistema así?
Buenos días. A lo primero que me comentas, sinceramente no creo que se vayan a colapsar los Juzgados de lo social, ya que en la mayoría de los casos, los despidos se reconocen improcedentes o en su caso, se realizan expedientes de regulación de empleo. A lo segundo, obviamente unos niveles de desempleo así no son sostenibles a largo plazo. Son en cualquier caso el reflejo de la crisis subyacente. Lo normal es que una vez que la economía se reactive, el paro vuelva a bajar. La pregunta es cuándo ocurrirá esto.
Hola. Existe un porcentaje mínimo de sueldo en la aplicación de un ERE?, porque en mi empresa hablan del 65%. Por último, se trata de un porcentaje sobre el salario base o sobre el salario incluyendo primas?. Gracias y un saludo.
Buenos días, no entiendo muy bien tu pregunta, pero supongo que a lo que te refieres es a un supuesto de ERE de reducción de jornada. En ese caso, para cobrar el desempleo parcial, hace falta que al menos se reduzca en un tercio. Respecto al porcentaje, se aplica al salario total: es decir, el salario base y cualesquiera otros conceptos salarias -para saber cuáles son, puedes guiarte por su inclusión en la base de cotización, aunque esto no sea siempre así-. Gracias
¿Qué tiempo tardaría en cobrar de Fogasa en el caso de que mi empresa se declare insolvente?
Hola. El FOGASA, una vez hecha la tramitación, viene a tardar en gar entre tres, cuatro o cinco meses en hacerte efectivo el pago. El problema viene con la tramitación previa en el Juzgado, hasta conseguir sentencia y la insolvencia. La realidad es que puedes tardar en cobrar en torno a un año.
Hola Ignacio. Mi pregunta frente al ERE se refiere a los complementos de los que hablabas anteriormente: ¿Contarían claúsulas de exclusividad y/o otras primas que las empresas, como sabrás, muchas veces incluyen en nómina para complementar el sueldo pero que no son el salario base? ¿Y los variables? Un saludo y gracias.
Hola, para ver los conceptos a incluir, hay que tener en cuenta su naturaleza, para lo que hay que ir caso por caso y empresa por empresa. La referencia que os he comentado a la base de cotización, como os he indicado sirve "en principio", ya que hay supuestos en los que la empresa no incluye en la base de cotización conceptos salariales y además en los casos de trabajadores en base máxima, no incrementa la base de cotización un salario superior. Sobre los variables, complementos por exclusividad o por no compentencia, cuando estamos ante un supuesto de ERE de reducción hay que ir al caso.
Hola, buenos días: Tengo una empresa de aproximadamente 20 trabajadores, que en los últimos años, por el aumento de pedidos, ha tenido que ampliar la plantilla y me encuentro con que ahora, con la crisis, han disminuido los pedidos de forma importante y no es sostenible mantener una plantilla tan abultada. Tenía previsto hacer una serie de despidos, pero he leído que se puede hacer también una reducción de jornada o suspender contratos y que el gobierno había establecido unas ayudas o bonificaciones. ¿Es así? ¿Cómo se hace? Gracias por anticipado.
Hola efectivamente, es posible la realización de Expedientes de Regulación de empleo, no sólo de extinción, sino también de suspensión o de reducción de la jornada (con cobro total o parcial de la prestación por desempleo según sea suspensión o reducción). Para estos dos casos, se han establecido una serie de medidas en el Real Decreto Ley 2/2009, que benefician tanto al trabajador como a la empresa. Para ti, en concreto, la emrpesa puede disfrutar de bonificaciones sobre las cuotas de seguridad social de los trabajadores afectados. La manera de hacerlo es a través de un ERE.
Esta materia se trata con bastante profundidad en la guia del ERE que ha editado el economista y que se va a distribuir con el periódico.
Buenos días: Mi empresa me ha despedido el otro día y me ha ofrecido la indemnización. No la he cogido, estoy embarazada, pero no lo había comunicado todavía a la empresa. Creo que se han enterado porque lo había comentado con unas compañeras, pero no estoy segura. ¿Pueden despedirme aunque esté embarazada con la excusa de que no lo conocían?
Hola: Siento tu despido, sobre todo en tu situación. Obviamente es muy difícil saber si la motivación de la empresa se encontraba o no en el embarazo, pero en cualquier caso, a la vista de las resoluciones de los tribunales más recientes (en una línea que no es del todo pacífica, ya que uno de los Magistrados formuló un voto particular, es decir, mostró su oposición al fallo de la sentencia), se está considerando nulo el despido de trabajadoras embarazadas aunque la empresa no conociera su estado.
Mi empresa ha presentado un ERE por un año, con acuerdo. En mi caso, que trabajo en un quinto turno, se especifica que será suspendido durante todo el ERE. Sin embargo, los turnos de lunes-viernes, entran en un sistema rotativo mensual ¿Puede obligarme la empresa a trabajar en mi turno antes de que se cumpla el año del ERE? La resolución especifica que nuestro turno será suspendido durante todo el transcurso del mismo y la empresa nos dice que nos puede llamar de un día para otro para nuestro turno (días sueltos) y que estamos obligados a ir ¿Es correcto?
Hola, dado que se trata de un ERE con acuerdo, lo primero que habrá que hacer es acudir a los términos del acuerdo, que es posible que prevean la via de actuación. No obstante, sino se regula expresamente, y existen circusntancias que precisan la habilitación del turno suspendido, en mi opinión sí que cabe la misma, aunque hay que acudir al supuesto concreto.
Hola Ignacio, como profesional, responde a una duda que tienen muchos trabajadores, ¿las empresas se aprovechan de estas situaciones para 'tirar' de ERE o crees realmente que actúan honestamente? ¿se nota mucho la actitud de los empresarios en un país de 'pymes' como España o crees que no hay mucha picaresca?
Buenos días. La situación de la economía, como todos sabemos es muy mala y hay muchas empresas en una situación de crisis importante. Existen muchos casos, en los que la producción de las empresas ha tenido que recortarse incluso en un 70 u 80 por ciento. Obviamente, en esos casos, si no se adecua la plantilla a la demanda se produce un efecto de exceso de plantilla. Y ello a su vez genera un exceso de los costes que puede llevar incluso a la inviabilidad de la empresa. Eso no quiere decir que no haya "pícaros" que aprovechen la coyuntura, pero la realidad es que es complicado que en una empresa se pueda sacar adelante un ERE si no hay verdadera causa.
Hola Ignacio. Exactamente con quién se tramita los EREs (que autoridad es la que los tiene que validar) y cuánto tiempo pasa desde que los presenta una empresa hasta que se aplican. Mil gracias.
Hola. Se tramitan con la autoridad laboral. En el caso de la comunidad de Madrid, se plantean ante la Dirección General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, que está en la calle Princesa nº 5, al lado del Servicio de Mediación arbitraje y Conciliación. En otras comunidades autónomas, puedes verlo por internet sin ningún problema. Sobre el tiempo, si va con acuerdo, desde que se presenta el acuerdo y toda la documentación, lo normal es que entre dos semanas y un mes esté resuelto. si no, puede tardar más y es difícil de precisar (dos o tres meses, según el caso y la Comunidad Autónoma).
Hola, buenos días: En caso de que mi empresa decida cerrar sus instalaciones en España y me ofrezca trabajo en otro país de la UE y yo no lo aceptase, ¿cuál sería la indemnización por despido?
En los supuestos en los que se te ofrezca un traslado, te caben tres opciones: aceptar el traslado, impugnarlo, o resolver con 20 días de indemnización por año de servicio. En tu caso, lo más probable es que el Juzgado estime la impugnación del traslado, pero a la vista del cierre de la empresa, si el mismo es justificado, es probable que te quedes igualmente con 20 días de indemnización por año. No obstante, te recomiendo que acudas a un profesional para que pueda estudiar tu caso en profundidad.
Buenos días, tengo una pequeña empresa de cinco trabajadores y por motivos de reducción de las ventas en un porcentaje del 60% me gustaría reducir plantilla hasta dejarla a dos ¿Me podría decir qué tramites tengo que seguir para plantear un ERE? ¿Es posible bajo estos supuestos llegar a plantearlo? Un saludo y gracias.
Buenos días. Tu pregunta tiene dos partes muy diferenciadas:
- Sobre los trámites a seguir, te recomiendo en primer lugar que acudas a un profesional, ya que aunque te incremente el coste, te incrementa aún más las posibilidades de alcanzar una solución favorable a tus intereses. Sino, en cualquier caso, lo que tienes que hacer es de una parte lograr la documentación oficial (impresos) y preparar un dossier con los documentos que en cada caso te exijan. Junto a ello, tienes que presentar una memoria y demás documentación justificativa así como iniciar un periodo de consultas con los trabajadores. Como verás, es mejor que te asesore un profesional.
- Respecto a lo segundo, parece que el descenso es importante, pero entiendo que la reducción es muy alta y en cualquier caso, habría que atender a las circunstancias concurrentes.
Despedida
Mil gracias a todos por vuestras preguntas. Por falta de tiempo no podemos contestar a más. Podéis seguir planteando vuestras cuestiones sobre los ERE´s en el foro laboral y os recuerdo que diario elEconomista está distribuyendo una completa guía sobre el tema. Un saludo y gracias a todos.