La DGT advirtió hoy de que aunque desde el pasado domingo llevar luces de recambio ya no sea obligatorio, eso no quiere decir que se pueda conducir con uno o varios faros fundidos, y los conductores que sean sorprendidos por los agentes de Tráfico en estas circunstancias y sin luces de repuesto tendrán que avisar a asistencia en carretera para que les cambie el faro o les lleve a un taller.
El pasado sábado se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos y que establece que desde el día siguiente a su publicación se eliminan las multas de 150 euros por circular sin luces de recambio.
No obstante, fuentes de la DGT explicaron a Europa Press que el caso es similar a cuando dejó de ser motivo de multa el conducir un vehículo sin llevar gafas de repuesto. "Que no sea obligatorio llevar gafas de repuesto no significa que se pueda conducir sin gafas cuando se nos rompe un cristal", indicaron las mismas fuentes.