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El protocolo anticontaminación de Madrid afecta a la actividad empresarial

Foto: EFE/Archivo

Ceim sostiene que las medidas de movilidad que ponga en marcha el Protocolo del Ayuntamiento de Madrid tendrá un fuerte impacto sobre la actividad empresarial. Lea y descargue aquí el último número de la revista elEconomista Madrid.

El Ayuntamiento de Madrid aprobó inicialmente, el 17 de septiembre de 2015, el Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno, estableciendo un plazo para presentar las alegaciones que se estimaron oportunas. El Protocolo contempla dos tipos de medidas, unas de carácter informativo y otras de restricción del tráfico.

Estas medidas se aplicarán en función de los niveles de dióxido de nitrógeno que se alcancen y de la duración o persistencia de dichos episodios de contaminación. El Protocolo propuesto señala que las elevadas concentraciones de dióxido de nitrógeno son debidas fundamentalmente a las emisiones del tráfico producidas en situaciones de condiciones meteorológicas adversas, señalando que estas son las que no permiten una correcta ventilación de la atmósfera. En este sentido, una parte importante de las medidas que se prevén adoptar en virtud del presente Protocolo están orientadas a la restricción del tráfico.

La Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (Ceim) presentó una serie de alegaciones a este Protocolo y señalaba que "la actividad económica que se desarrolla en las ciudades depende en gran medida de la movilidad y de la gestión de esta dentro del núcleo urbano. Por tanto, las actuaciones o medidas de movilidad que ponga en marcha el Ayuntamiento de Madrid van a tener un fuerte impacto sobre la actividad empresarial".

Existe una tendencia en las ciudades a restringir la movilidad de los vehículos a motor, básicamente por motivos ambientales y de convivencia ciudadana estableciéndose cada vez más zonas peatonales y restricciones de acceso de vehículos al centro, como las que se contemplan en el presente Protocolo. Tal y como decía Ceim, "esto dificulta el desarrollo de múltiples actividades empresariales al condicionar su operativa diaria, afectando también a los ciudadanos como receptores de los servicios que prestan las empresas o de los productos que suministran". Además, "las medidas restrictivas de la movilidad deben ser las mínimas posibles y deben estar suficientemente justificadas. Asimismo, antes de ser adoptadas, deben ser objeto de informe de impacto económico y deben consensuarse con los sectores empresariales afectados para minimizar el impacto sobre su actividad".

Por todo lo anterior, Ceim solicitaba que se cuente con la participación de las Asociaciones Empresariales en el diseño de las medidas que afectan a la movilidad de la ciudad de Madrid y, en concreto, de las previstas en el citado Protocolo; diseñar campañas de sensibilización y educación dirigidas a todos los agentes implicados en la movilidad; incluir a las Asociaciones Empresariales como agentes informadores clave a efectos de la aplicación de las medidas de carácter informativo que se contemplan en el Protocolo; reforzar las medidas informativas en caso de que se adopte la medida de prohibir el estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del SER en el interior de la M-30 y no aplicar las medidas de restricción del tráfico a los vehículos necesarios para atender situaciones de urgencia relacionados con averías en los servicios básicos ni tampoco a los vehículos de reparación, fontanería, electrodomésticos, distribución alimentaria y prensa. "En relación a las medidas de restricción del tráfico -fase 3-, deberían incluirse dentro de las excepciones a las motocicletas y no sólo a los ciclomotores, porque el impacto medioambiental de este tipo de vehículos es muy reducido y favorecen la movilidad de la ciudad. En las medidas de restricción del tráfico de la fase 4 habría que mencionar explícitamente los supuestos de excepción", señalaban desde Ceim.

"El 21 de enero pasado, el Ayuntamiento aprobó de forma definitiva el nuevo protocolo de medidas a adoptar en episodios de alta contaminación, atendiendo en términos generales las alegaciones presentadas por Ceim. No obstante, el nuevo Protocolo establece la prohibición de circular a los vehículos de distribución de mercancías de más de 3.500 Kg, en el caso de que se decreten los escenarios 3 ó 4 por alta contaminación, exceptuando de esta prohibición a los vehículos propulsados por tecnologías limpias. Los distintos sectores empresariales afectados por esta restricción no la comparten, porque además de que estos vehículos no están disponibles en el mercado con facilidad, la restricción obligaría a realizar el reparto con un mayor número de vehículos de capacidad más pequeña, originando una mayor contaminación. A ello hay que añadir la posibilidad de provocar un desabastecimiento de mercancías necesarias. Por todo ello, Ceim ha pedido al Ayuntamiento de Madrid que se elimine esta restricción y que se exceptúen de esta medida a los vehículos de suministro de mercancías, con carácter general, sin ningún tipo de limitación". Esta propuesta también se le trasladó a Inés Sabanés en la reunión que los empresarios madrileños mantuvieron con ella el pasado 11 de marzo. La delegada de Medio Ambiente respondió que dicho Protocolo se revisaría y sería evaluado con carácter anual, analizando los efectos económicos que su aplicación podía provocar en la actividad económica y que contaría con Ceim para dicha revisión.

Otro aspecto que preocupa a los empresarios es la ampliación de las Áreas de Prioridad Residencial (APR). El 14 de enero de 2016, el secretario general de Ceim, Miguel Garrido de la Cierva, y los representantes de diversos sectores empresariales mantuvieron una reunión con responsables de las áreas de Movilidad, Medio Ambiente y Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid para solicitar la creación de un grupo de trabajo permanente que se reuniera periódicamente para analizar y buscar soluciones a las dificultades que estaban teniendo para acceder a las APR los empresarios, así como los turistas alojados en hoteles del centro. También se señaló que era necesario que se agilizaran los trámites para conceder las autorizaciones a los vehículos comerciales y empresariales que necesitaran circular por esa zona por motivos justificados. Por último, se indicó que había que buscar fórmulas para mejorar la información a los ciudadanos, empresarios, autónomos y turistas.

En relación a las cuantiosas multas que recibieron los empresarios y profesionales que prestan sus servicios en las APR de Letras, Cortes y Embajadores, Ceim remitió un escrito a Sabanés en el que solicitaban que se analizaran estas sanciones impuestas a vehículos comerciales que han accedido a las APR siguiendo el criterio hasta ahora habitual, y se anulen en la medida de lo posible a partir de la fecha en que la información haya sido completa para los usuarios.

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