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Conducir en España siendo extranjero: cómo obtener el permiso según el origen

Del mismo modo en que para un conductor español viajar en coche fuera de nuestras fronteras le obliga a cuidar ciertos aspectos propios de otras regulaciones, e incluso a tener que obtener un permiso de conducir extraordinario, también para un extranjero las circunstancias cambian dependiendo de su país de origen.

Sobre todo varían en función de si dicho conductor tiene la residencia en España o no y, en caso de tenerla, también del tiempo transcurrido y del acuerdo existente con su país de procedencia.

Para tratar de arrojar luz a esta cuestión, desvelamos con ayuda de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) los trámites que se deben llevar a cabo para convalidar el permiso de conducir en España en función de la situación del conductor extranjero y, después, más concretamente, según su país de origen.

En primer lugar, los turistas o residentes con menos de 6 meses de residencia pueden conducir legalmente por España con un permiso internacional o con permisos nacionales de otros países, siempre que hayan sido emitidos conforme al anexo 9 de la Convención de Ginebra o al anexo 6 de la Convención de Viena, o que difieran de estos dos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.

Igualmente, podrán circular los titulares de permisos de conducir de otros países si están redactados en castellano o van acompañados de una traducción oficial, y también los extranjeros que tengan reconocidos para sus permisos convenios internacionales particulares firmados por España.

A partir de 6 meses de residencia

Cuando el período de residencia en España supere el medio año, deberán canjear su carné de conducir por uno español los conductores procedentes de los siguientes países: Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Corea del Sur, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Japón, Macedonia, Marruecos, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Suiza, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Por su parte, los ciudadanos de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtestein) podrán conducir con el permiso original de su país.

Mientras, el resto de ciudadanos extranjeros deberá obtener su permiso en España, como cualquier español, con exámenes y tasas.

Documentación

La documentación que debe presentarse para los diferentes trámites de convalidación del carné de conducir puede consultarse en la página de la DGT. Han de presentarse escritos oficiales y, en algunos casos, será necesario incluso una declaración que certifique que no está privado del derecho a conducir. Las tasas son inevitables aunque varían considerablemente en función de las circunstancias de cada conductor.

En cualquier caso, para la convalidación de un permiso de conducir será básico presentar la autorización de residencia en vigor (salvo los comunitarios) en original y fotocopia, el documento de identidad del país de procedencia y una foto de carné del interesado de frente y con el fondo liso. Además, es posible que en algunos se solicite al interesado más documentación.

Dicha documentación puede presentarla otra persona, pero de ser así esa otra persona deberá presentar su DNI y una autorización del interesado para que otra en su nombre realice los trámites.

Requisitos por países

Dependiendo del país de origen, la convalidación del carné de conducir exige más o menos trámites y tiene diferentes circunstancias.

- Argelia: convalidación sin pruebas para los permisos A, B y B+E. Prueba de circulación para C1+E, C, C+E, D y D+E.

- Argentina: convalidación sin pruebas para los permisos A, B, B+E y autorización BTP. Prueba de circulación para los permisos C, C+E y D.

- Brasil: convalidación sin pruebas para los permisos A1, A, B y B+E. Pruebas de teoría y circulación para los permisos C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.

- Bolivia: convalidación sin pruebas y autorización BTP para los permisos A1, A, B. Pruebas teóricas y prácticas para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.

- Chile: convalidación sin pruebas para los permisos A1, A, B. Prueba de circulación para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1 y D. Convalidación sin pruebas para los permisos D1+E y D+E.

- Colombia: para los permisos A, B, B+E, convalidación sin pruebas con autorización BTP. Para C, C+E y D, Prueba teoría específica y de circulación.

- Croacia: convalidación sin pruebas para los permisos A, B y B+E. Los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E requieren de una prueba teórica y otra práctica de circulación.

- Ecuador: convalidación sin pruebas de los permisos A, B y B+E. Para los permisos C, C+E y D, prueba teórica específica y de circulación.

- El Salvador: para los permisos A1, A y B, convalidación sin priebas. Para los permisos C1, C1 +E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E, prueba teórica específica y pueba de circulación.

- Filipinas: los permisos A1, A, B y B+E se convalidan sin pruebas. Los C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E requieren de una prueba teórica específica y otra de circulación.

- Guatemala: los permisos A1, A, B se convalidad sin pruebas, mientras que si se trata de los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E deberá hacer una prueba teórica específica y otra de circulación.

- Marruecos: convalidación sin pruebas de los permisos A1, A, B, B+E y prueba teórica específica y de circulación en el caso de los permisos C, C+E, D, D+E.

- Paraguay: convalidación de los permisos A1, A, B, B+E. Prueba teórica específica y de circulación para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.

- Perú: convalidación sin pruebas de los permisos A1, A, B y B+E. Los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E requieren de una prueba de circulación.

- República Dominicana: los permisos A1, A y B se convalidan sin pruebas, mientras que para los carnés C1, C, C+E, D1 y D es necesario realizar una prueba teórica específica y otra de circulación.

- Serbia: convalidación sin pruebas de los permisos A, B y B+E. Prueba teórica específica y de circulación en el caso de los permisos C, C+E, D y D+E.

- Turquía: convalidación sin pruebas de los permisos A y B. Prueba teórica y práctica para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.

- Ucrania: los permisos A1, A, B y B+E se convalidan sin pruebas. En el caso de los carnés C1, C1 +E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E es necesaria una prueba de circulación.

- Uruguay: convalidación sin pruebas de los permisos A1, A, B y D1. Prueba teórica específica para el permiso C1 y prueba específica y de circulación para los permisos C y C+E. Prueba de circulación si se trata de carné D.

- Venezuela: los permisos A y B requieren de autorización BTP para convalidarse sin pruebas. Para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E es necesario realizar una prueba teórica específica y otra de circulación.

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