La crisis está dejando a su paso la bancarrota de centenares de empresas y, si bien el sector de los seguros no es uno de los que más víctimas ha sufrido, existe ya algún caso por el que cabe estar alerta al respecto. ¿Cómo debe actuar si su compañía aseguradora acaba quebrando?
El ejemplo de Cahispa es ilustrativo. Esta aseguradora fue intervenida en el año 2007, con el incipiente comienzo de la actual crisis económico, por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad. Pero a comienzos de este año, la DGSFP decidió liquidar la compañía por desequilibrios en su balance que la dejaban en situación de quiebra.
Por tanto, ¿qué hacer en estos casos? ¿Cómo debieron actuar entonces los clientes de Cahispa? ¿En qué situación quedan las polizas de una aseguradora en quiebra?
La Organización de Consumidores y Uusuarios (OCU) ha querido advertir de los riesgos que esta situación entraña y, para ello, ofrece una serie de consejos al respecto.
En primer lugar, todo está condicionado en función del modo en que el afectado se entere de la desaparición de la compañía. Si ésta le es notificada, lo más probable es que le indiquen los pasos que debe seguir a partir de que su póliza deje de estar en vigor, fecha de la que debe ser cumplidamente informado. Pero si la liquidación no le es pertinentemente comunicada, entonces debe acudir al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), en donde se encargan de liquidar a las aseguradoras fallidas e indicar a los asegurados cómo hacer para reclamar el importe de un siniestro.
A partir de ese momento, resulta primordial contratar otro seguro en el menor plazo posible, toda vez que desde el momento en que la póliza quede vencida, su vehículo dejará de estar protegido. En tal caso, el CCS asumirá el coste de los daños a cargo del seguro obligatorio, pero no así el resto de problemas, que quedarían bajo responsabilidad del tomador. Por ello, es importante que la fecha en la que la nueva póliza entre en vigor coincida lo más cercana posible con la del vencimiento de la anterior.
Por último, si la aseguradora en liquidación no fijara una fecha de término de los contratos antes del vencimiento de la póliza en cuestión, el afectado deberá comunicar a la compañía que quiere darse de baja, lo cual se llevará a cabo mediante el cumplimiento de un modelo como éste.