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Economía/Motor.- El Supremo fija en un año la prescripción de las reclamaciones entre aseguradoras por accidentes

El Tribunal Supremo ha fijado en un año el periodo que tienen las aseguradoras para reclamarse entre sí las indemnizaciones derivadas de la responsabilidad compartida en los accidentes de tráfico, según la sentencia dictada el pasado 13 de mayo.

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

De esta forma, el Supremo establece que cuando se trata del pago de indemnizaciones derivadas de accidentes de circulación, no rige el plazo de prescripción de quince años del artículo 1964 del Código Civil, sino el especial de un año del artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.

La Sala Primera de lo Civil del Alto Tribunal ha desestimado la demanda presentada por Winterthur - actualmente integrada en Axa- contra una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada que declaró prescrita su reclamación, tras haber pagado la totalidad de la indemnización.

La aseguradora pedía al Supremo que condenara al Consorcio a abonar 266.855 euros por el importe del principal abonado por ella en lugar de la otra empresa responsable del accidente (Apolo), más los intereses del anticipo y los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda.

El accidente de tráfico por cuyas consecuencias resultaron condenadas ambas entidades ocurrió el 17 de noviembre de 1992. Winterthur (La Equitativa al tiempo del siniestro) satisfizo la indemnización a los perjudicados el 1 de agosto de 1998.

El 6 de octubre de 2005, Winterthur presentó la demanda contra el Consorcio como sucesora de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, ya que Apolo se encontraba en liquidación.

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