Concepto de obligaciones convertibles
Las obligaciones convertibles (voluntariamente) en acciones, son activos de renta fija con vencimiento a largo plazo, que dan la opción a cambiar esas obligaciones por acciones del mismo emisor, en períodos de tiempo determinados y bajo condiciones prefijadas en el folleto de emisión. Se regulan en los artículos 292 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas.
El inversor cambiará un activo de renta fija por otro de renta variable de más riesgo, en función de si la relación de cambio es más o menos favorable y de las perspectivas bursátiles que tenga. Este derecho de conversión no se puede transmitir por separado de la obligación. Para la empresa emisora, este tipo de obligaciones son un método para endeudarse en una primera fase y, posteriormente, aumentar el capital. Uno de los posibles procedimientos para realizar una ampliación de capital es a través de la conversión de obligaciones en acciones nuevas.
Si las obligaciones son 'obligatoriamente convertibles', entonces estamos ante una ampliación de capital en toda regla. Quien adquiere este tipo de obligaciones, sabe que empieza prestando dinero al emisor pero que al final su préstamo acabará convirtiéndose en capital social y sus obligaciones se cambiarán inexorablemente por acciones en períodos de tiempo determinados y bajo condiciones prefijadas en el folleto de emisión.
Cuando aparece la palabra 'canjeable' en vez de 'convertible', significa que el cambio de las obligaciones se realiza por acciones viejas, ya existentes, y por tanto una emisión de 'obligaciones canjeables' no da lugar a ninguna ampliación de capital.