Depósito a plazo

Depósito contratado por un plazo de tiempo determinado. Si el contrato contiene una cláusula que así lo indique, el importe del depósito solo se puede retirar antes de que expire el plazo con autorización de la entidad financiera y con una penalización en su remuneración. En un sentido más amplio también recoge algunos activos financieros no negociables, como los certificados de depósito no negociables. Los depósitos a plazo de hasta dos años están incluidos en el agregado monetario M2 (y, por lo tanto, en M3), mientras que los depósitos a plazo a más de dos años lo están en los pasivos financieros a más largo plazo (no monetarios) del sector Instituciones Financieras Monetarias.

Origen: Banco de España

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