Figura que una entidad financiera puede voluntariamente crear para atender las quejas y reclamaciones de sus clientes. En todo caso, las entidades han de disponer siempre de un Servicio de Atención al Cliente. Si un cliente no obtiene una respuesta satisfactoria a su queja por parte del Defensor, puede recurrir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
Origen: Banco de España