La Audiencia Nacional acusa a la empresa de "pasividad impropia" en la regeneración ambiental de las 720 hectáreas cubiertas de residuos en Huelva y exige a Medio Ambiente que tutele el proceso.
Fertiberia, el productor español de fertilizantes integrado en el grupo Villar Mir, ha recibido un severo capón por parte de la Audiencia Nacional por su "retraso injustificado", según un auto del pasado 27 de mayo, en presentar e iniciar la regeneración de 720 hectáreas de marisma en Huelva donde ha vertido en torno a 75 millones de toneladas de fosfoyesos desde 1968 hasta 2010, cuando la justicia le obligó a detenerlos definitivamente.
Los jueces, además, asumen funciones de tutela y una mayor implicación para que se cumpla lo que la propia Audiencia dictó en 2007 y el Tribunal Supremo ratificó en 2010: el inicio inmediato de la regeneración ambiental. Tres años y medio después, poco se ha hecho.
A esta crítica resolución judicial se suma la sanción que la consejería andaluza de Medio Ambiente ha impuesto a la empresa también a final de mayo: 240.000 euros por el incumplimiento de la Autorización Ambiental Integrada concedida en 2013. Un incumplimiento relacionado con el retraso en la presentación del proyecto de regeneración a la Administración. La compañía ya ha anunciado que recurrirá.
Pero, ¿qué es lo que ha ocurrido desde que la sentencia de la Audiencia Nacional se convierte en firme a final de 2010 y junio de este año para que siga sin cumplirse lo dictado por los jueces? Los propios magistrados hacen un exhaustivo repaso de los antecedentes para sustentar sus críticas y las medidas propuestas.
La base de las obligaciones de Fertiberia está en el auto de diciembre de 2009, en respuesta a la dirección general de Costas del Ministerio, que pedía la ejecución provisional de la sentencia de 2007 ya que el Supremo aún no se había pronunciado en ese momento.
Los jueces señalaron entonces tres condiciones para cumplir lo sentenciado: parar definitivamente los vertidos de fosfoyesos -lo que se produjo el 31 de diciembre de 2010-; iniciar de manera inmediata la regeneración ambiental de los terrenos -Roberto Ibáñez, director de Fertiberia en Huelva, especifica que quedan a día de hoy por restaurar sólo 400 de las 720 hectáreas-; y constituir un aval de 21,9 millones de euros, que efectivamente fue aportado por la compañía mediante activos y un seguro de caución.
Una vez hecha firme la sentencia y detenidos los vertidos, la empresa presentó en junio de 2011 -la fecha límite que la dieron los jueces para ello- ante el Ministerio de Medio Ambiente un proyecto director para recuperar las marismas de la desembocadura del río Tinto, donde se encuentran las balsas.
Este informe estaba basado en el proyecto piloto de regeneración que el propio Ministerio desarrolló, y pagó, a través de la empresa pública Tragsatec y que entregó a la firma en diciembre de 2010. Pero el proyecto director fue considerado insuficiente por el Ministerio.
Transferencia de competencias
Y, a partir de ahí, se abre un auténtico limbo en el que ni la empresa entrega más documentación para cumplir, ni la Administración -ni la estatal y ni la autonómica- se la pide. Por medio se cruza la transferencia a la Junta de Andalucía, justamente en enero de 2011, de las competencias sobre ordenación y gestión del litoral.
El Gobierno central, no obstante, sigue siendo el titular del dominio público-terrestre. Por eso ambas Administraciones continúan siendo corresponsables de la recuperación ambiental de la zona. Entretanto, la empresa va poniendo en marcha, aunque con un retraso igualmente considerable, la planta de tratamiento de agua de lluvia.
Según explica Ibáñez, de los 3,7 millones de metros cúbicos de agua acumulados sobre las balsas en 2010 se ha pasado a algo menos de un millón en la actualidad. Extraer y depurar ese agua es un requisito previo indispensable para poder regenerar la zona.
No es hasta agosto de 2012 cuando la Junta andaluza retoma el asunto y solicita a Fertiberia que en un mes entregue un proyecto de ejecución completo para recuperar los fosfoyesos y evacuar las aguas. Los jueces consideran "verdaderamente llamativo" que no se llevara a cabo comunicación alguna entre Fertiberia y las administraciones en todo ese plazo (junio de 2011 a agosto de 2012). Por ello critica que la compañía mostró con este comportamiento "una pasividad impropia del celo que requería la trascendencia medioambiental de la regeneración".
Ante esa petición de la Junta, Fertiberia pidió un plazo de seis meses, luego solicitó otra ampliación de tres meses y finalmente acabó presentando un estudio de ingeniería básica para iniciar la regeneración el pasado mes de abril. Ya en 2014, un retraso que la Audiencia dice que no está justificado. Precisamente por ese retraso se le impuso por el Gobierno andaluz la citada sanción de 240.000 euros.
El estudio está elaborado por la compañía estadounidense Ardaman & Associates, especializada en labores de descontaminación y, en concreto, de materiales como los fosfoyesos. Estos son residuos de la producción de ácido fosfórico, la materia prima de los fertilizantes, y contienen niveles mínimos de radiactividad. De ahí que su traslado fuera de la marisma se considere inviable por su coste y peligrosidad.
No obstante, la presentación de este estudio preliminar, y pese a que Fertiberia defiende la profesionalidad de Ardaman, no ha convencido a los jueces. "La trascendencia y alcance" de ese documento "para la eficaz ejecución de los trabajos de regeneración no consta aún a esta sala".
Por eso, los magistrados han exigido, primero, a Medio Ambiente que nombre a una persona responsable de interactuar con ellos para acelerar el cumplimiento de la sentencia de 2007. Y, segundo, tanto al Ministerio como a la Junta les ha pedido que en un mes desde la notificación del auto -fecha que vence en estos primeros días de julio- ambas Administraciones deben enviarles una opinión sobre ese proyecto. Medio Ambiente ha preferido no contestar a ninguna de las preguntas planteadas por esta revista.
Queda por ver si, por fin, las labores de regeneración ambiental arrancan. Los jueces, no obstante, también advierten que podrán usar los 21,9 millones de aval para ordenar el inicio de la misma de forma subsidiaria.
Hitos administrativos y judiciales del caso
El régimen franquista otorga una concesión a Fertiberia para verter fosfoyesos en la marisma de la desembocadura del río Tinto, frente a la ciudad de Huelva, en 1968.
Aprobación de la Ley de Costas de 1988, que hace incompatible usar una marisma para depositar residuos.
Orden Ministerial de noviembre de 2003 que declara caducada la concesión basándose, entre otras cuestiones, en que de los tres metros de altura inicialmente permitidos se había pasado a balsas de 30 metros de altura. Fertiberia recurre.
Sentencia de la Audiencia Nacional de junio de 2007 que ratifica que la concesión ha caducado y obliga a detener el vertido de residuos. Fertiberia recurre al Tribunal Supremo, que declara firme la sentencia en diciembre de 2010.
El 31 de diciembre de 2010, se deja de verter. Fertiberia -que tiene otra planta Palos de la Frontera (Huelva)- sigue produciendo ya que compra el ácido fosfórico a un proveedor externo.
Auto de la Audiencia Nacional de 27 de mayo de 2014, tras pedir WWF la ejecución efectiva de la sentencia de 2007, en el que los jueces critican la "pasividad impropia" y el retraso injustificado de Fertiberia para iniciar los trabajos de regeneración de la marisma.
La Junta andaluza multa en junio con 240.000 euros a Fertiberia por retrasos en la presentación del plan de regeneración.