Política

La justicia, sin apenas margen para rechazar la euroorden

  • Bekaert difícilmente puede argumentar falta de garantías para sus derechos
  • El argumento para tumbar la orden a Jáuregui, inválido para el 'expresident'
Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat. Foto: Reuters.

Carles Puigdemont tiene un objetivo único para los próximos días. Probar que nuestro país no reúne "las condiciones objetivas" para su retorno, según dijo en la rueda de prensa el pasado martes. Su abogado Paul Bekaert ya confirmó que su principal argumento será la ausencia de garantías para sus derechos fundamentales.

Sin embargo, la orden de arresto europea apenas reconoce argumentos para bloquearla, aun menos desde el punto de vista de los derechos humanos. En su génesis precisamente estuvo asegurar, casi de manera automática, el traslado de fugitivos entre estados miembros. Y aunque clarificaciones recientes de la Corte de Luxemburgo han introducido algunas garantías al ser procesada que podrían retrasar su ejecución, difícilmente podrían aplicarse al caso del catalán. Además, los argumentos utilizados por Bekaert en 2013 para tumbar la euroorden a la etarra Natividad Jáuregui servirán de poco en esta ocasión.

La euroorden deja escasas posibilidades para que el receptor, en este caso la justicia belga, la rechace. Una de estas excepciones es la violación sistemática en un estado miembro de los derechos fundamentales (articulo 7 de los tratados), un extremo que hasta ahora nunca se ha dado en la UE, aunque Polonia va camino de ello.

Sin embargo, como señala el profesor de Derecho comunitario de la Universidad de Essex, Steve Peers, la Corte de Justicia de la UE ha introducido "al menos algo de protección respecto a los derechos humanos". Para ello, los jueces han reconocido algunas garantías al ejecutar la euroorden.

En el caso de que un juez observara la violación de estas garantías, el resultado no sería el rechazo de la euroorden, sino su retraso hasta que el país solicitante corrigiera las deficiencias. Como señala Peers, la legislación europea es algo "vaga" respecto a los argumentos que se pueden utilizar para posponer una euroorden. De darse, una opinión de la Corte de Luxemburgo (caso Lanigan) indicó que se podrían superar los 60 días estipulados por la norma comunitaria para el traslado del fugitivo si no se había corregido la situación.

Una de las garantías que podría representar un flanco débil para España es la masificación de las prisiones, factor utilizado para ilustrar la falta de condiciones dignas mínimas para el traslado.

Precisamente, este problema aparece mencionado en el informe de 2011 sobre nuestro país del Comité para la Prevención de la Tortura y Trato Inhumano del Consejo de Europa. Este informe fue utilizado por Bekaert para hundir la euroorden dirigida contra Jáuregui. Pero el documento también reconoció la reducción significativa de esta masificación en las cárceles. Está por ver cuál es la opinión del Consejo sobre los detenidos en prisión preventiva, un aspecto que analizaron el pasado año y que aparecerá publicado en el informe que están ultimando.

La duración de las prisiones preventivas en el país que demanda la extradición también puede ser un factor para retrasar el envío del fugitivo, pero tan solo si Bélgica mantuviera a Puigdemont en libertad. España suma casos célebres de largas prisiones preventivas, como el del extesorero del PP Luis Bárcenas, quien se pasó más de un año y medio entre rejas.

Otro de los argumentos subrayados por Luxemburgo es que para que la orden sea válida tiene que ser emitida por un juez (no por policía o fiscales) y debe estar garantizada la separación de poderes. Si bien el primer punto es difícil de cuestionar, ya que la orden depende de la juez Carmen Lamela, Puigdemont y las fuerzas proindependentistas se han esforzado en cargar contra la independencia de la justicia española. Habrá que ver cómo transformará Bekaert en argumento jurídico el arresto preventivo del Govern cesado.

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