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Los expertos, 'perdidos' ante la ley de contratos públicos

  • Martínez-Cardós alerta de que frenará la financiación de la Administración
Foto: Archivo
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"Todo el mundo está perdido. Nadie sabe cómo se aplica en estos momentos la Ley". Así de contundente se muestra el jurista Leandro Martínez-Cardós, letrado mayor del Consejo de Estado y socio consultor de Thomás de Carranza Abogados. A su juicio, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -que adapta las nuevas exigencias europeas al Ordenamiento español- es una normativa compleja, minuciosa y prolija. "Las directrices impuestas por Europa se han hecho sin criterio de la realidad española", sentencia.

Martínez-Cardós asegura que muchos de los preceptos de la Ley serán de difícil cumplimiento. En este sentido, apunta que el texto exige que la Administración publique en un portal de Internet y por vía telemática las licitaciones. Sin embargo, el jurista recuerda que, en España, hay 400 ayuntamientos que no tienen ordenador y 800 sin conexión a Internet.

Además, la normativa introduce el riesgo operacional en los contratos de concesión. Una novedad muy importante, puesto que la empresa concesionaria podría perder su inversión, sin un respaldo del Estado. "Esto es un cambio radical", sostiene Martínez-Cardós. "Así, el sistema de las autopistas, por ejemplo, sería impensable con este régimen. En este tipo de negocio, sin seguridad del Estado, nadie va a meterse", añade.

Por otra parte, la ley de contratos públicos incluye otro cambio sustancial en las licitaciones. Hasta ahora, el control de los contratos se producía, de manera general, en el proceso previo de licitación. Ahora, la nueva normativa regula por primera vez la modificación contractual.

"Supone un cambio de mentalidad y de filosofía muy importante para los empresarios", señala el jurista. Leandro Martínez-Cardós subraya que la idea de hacer una oferta a la baja para luego acudir a la modificación del contrato "es algo que ya hay que desechar". De este modo, la Ley "va a obligar a cambiar la mentalidad del empresario, sobre todo el de obra pública", añade el especialista.

Por otro lado, el experto apunta que la legislación ha cambiado las características de las concesiones. De este modo, si no existe un riesgo de demanda en el servicio, serán contratos de servicios. Así, las empresas no podrán hipotecar estos contratos para poner en marcha los servicios. "Es otro problema que tampoco se ha tenido en cuenta en la Ley", indica Martínez-Cardós. "La gente tiene que aportar el dinero, sin financiación, para todo este tipo de obras", añade.

Por todo ello, el jurista, junto al abogado Santiago Thomás de Carranza, socio cofundador del despacho, opinan que la transposición de esta forma de las directivas europeas, frenará la inversión en los servicios públicos. Esta medida afectará de este modo, según su opinión, a gran parte de los contratos con la Administración.

"Es una Ley innecesaria que se podría haber solventado con la reforma de la anterior", concluye, Martínez-Cardós. Por su parte, Santiago Thomás de Carranza destaca que el legislador europeo ha establecido unas directivas "sin conocer la realidad de un país como España, con muchos lugares en los que no se pueden llevar a cabo las medidas". El abogado explica que "hay muchos servicios públicos necesarios que quedarán desiertos porque el riesgo operacional es demasiado grande como para asumirlo".

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