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La entrada en vigor del nuevo IVA elevará la litigiosidad a corto plazo

  • El SII exigirá gran disciplina interna a las empresas por su inmediatez
Santiago Menéndez, director de la Agencia Tributaria. eE

"La entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) el próximo 1 de julio va a generar mucha más litigiosidad y favorecerá a la Inspección", según ha destacado Antonio Longás, vocal del Tribunal Económico-Administrativo Central (Teac), en el transcurso de una reciente intervención en una jornada sobre el nuevo sistema de declaración, organizada por la consultora Deloitte.

En la misma línea se ha definido el presidente de la CEOE, Joan Rosell, para quien el procedimiento se ha hecho con excesiva premura, por lo que espera que la Administración Tributaria actúe con responsabilidad ante las prisas con las que se ha actuado y "ante las dificultades que plantea a los empresarios afectados esta novedad tributaria". Muchas de ellas vendrán derivadas de la problemática de implementación de la informática y otros de la nueva forma de trabajar en las empresas, a las que se va a exigir muchísima disciplina interna

Por ello, Juan Luis Sendín, socio director de Garrido Forensic, considera que el establecimiento de esta obligación ha sido precipitada, puesto que muchas empresas no están preparadas para cumplir con las obligaciones que supone y existen múltiples dudas aún por resolver respecto de su funcionamiento". Por ello, asegura, en línea con lo manifestado por otros asesores fiscales, que "el colectivo afectado debería haber sido más reducido, sobre todo teniendo en cuenta que las empresas afectadas deben asumir un importante coste económico derivado de su implantación.

Polémica sobre las ventajas

Sin embargo, una vez superados estos problemas iniciales, el sistema será beneficioso tanto para la Agencia Tributaria como para los contribuyentes. Así lo ha reiterado en diversas ocasiones el presidente del Consejo General de Economistas, a pesar de estos inconvenientes, "cuando funcione correctamente será un sistema ventajoso".

El SII supone un cambio del sistema de gestión del IVA, que lleva funcionando desde hace 30 años. Con este nuevo sistema se pasa a realizar la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la Aeat, mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación. Así, el SII permitirá acercar el momento del registro o contabilización de las facturas al de la realización efectiva de la operación económica y aumenta el control del Hacienda.

La aplicación de este sistema reducirá las obligaciones formales para el contribuyente, eliminando la presentación de los modelos informativos 347, 340 y 390 y ampliará en 10 días el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas. Además, al contar la Aeat con una mayor información, los plazos de devolución se irán reduciendo.

Y el propio director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, ha argumentado, también, que facilitar estos datos permitirá contar con una herramienta útil de asistencia en la elaboración de la declaración, reduciendo errores y permitiendo una simplificación y una mayor seguridad jurídica.

Críticas y alabanzas

Más crítico sobre las ventajas es el presidente del Consejo General de Gestores Administrativos de España, Fernando Jesús Santiago Ollero, que considera la relación asimétrica, porque "los beneficios son mucho mayores para la Administración, en tanto que las ventajas para los contribuyentes son limitadas, condicionadas y, en cualquier caso, derivadas de la mera aplicación automática del SII".

Y reitera Santiago que, "como en otros casos, agravado ahora, por la complejidad y la premura de plazo, la principal recomendación es delegar en profesionales de confianza y cercanía como los gestores administrativos? avalados por una tradición centenaria de tramitación con las Administraciones".

La Aeat lleva meses trabajando en la elaboración de un borrador para las empresas, similar al que se hace para la Campaña del IRPF, lo cual es fruto de la llevanza de los libros en su Sede Electrónica. Lo más relevante -y a su vez generador de críticas- de este nuevo sistema de gestión del IVA es la inmediatez de la declaración de los datos. La normativa exige que las facturas emitidas se envíen en un plazo de cuatro días -excluidos sábados, domingos y fiestas de ámbito nacional- desde su fecha de expedición y desde la de registro contable para las facturas recibidas.

No obstante, este plazo se amplía excepcionalmente a ocho días para el año 2017. Ello exigirá, sin duda, la automatización del envío en el formato y con los campos de información necesarios ya desde el propio software de contabilidad de la empresa o profesional.

Además, la información del primer semestre de 2017 se deberá enviar mediante la web de la Aeat, aunque con menor información, puesto que se pedirán únicamente los datos exigibles hasta la entrada en vigor del SII para los libros registro de facturas según la normativa vigente a 30 de junio de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017.

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